SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 981/2025
RESOL-2025-981-APN-SSS#MS
Ciudad de Buenos Aires, 12/06/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2025-15935723-APN-SAT#SSS, el Decreto Nº 1400 del 4 de noviembre de 2001, las Resoluciones de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Nros. 501 del 12 de mayo de 2010, 102 del 7 de febrero de 2025 y 175 del 21 de febrero de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución RESOL-2025-175-APN-SSS#MS se estableció que la OBRA SOCIAL DE TRABAJADORES DEL PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DEL CHUBUT (R.N.A.S. Nº 1-2860-7), se encontraba en situación de crisis, conforme las previsiones del Decreto Nº 1400/2001 y los términos del IF-2025-15955575- APN-SAT#SSS; intimándosela a acompañar un Plan de Contingencia, en los plazos y con los alcances de la citada normativa.
Que el Agente del Seguro de Salud presentaba -al 31 de agosto de 2024- un factor de criticidad de 0,9375 resultante del incumplimiento del Criterio Nº 1 -Estados Contables R5 y Estados de Origen y Aplicación de Fondos R7 (Gerencia de Control Económico Financiero), Resolución Nº 650/97-ANSSAL - Estado Prestacional R4, Cartilla R2, Contratos R3 y PMA R1 (Gerencia de Control Prestacional), Padrón R12 (Gerencia de Sistemas de Información); Criterio Nº 2 y Criterio Nº 3 de acuerdo con los términos del IF-2025-15955575-APN- SAT#SSS.
Que la Obra Social acompañó el Plan de Contingencia requerido, el que fuera aprobado por el Comité de Evaluación y Seguimiento del Procedimiento de Crisis y Liquidación de los Agentes del Seguro de Salud, mediante Acta de firma conjunta N° 3 (IF-2025-40330600-APN-GG#SSS).
Que las áreas con incumbencia en la materia, efectuaron el seguimiento del trámite y elaboraron los informes técnicos de rigor, exponiendo el grado de cumplimiento que correspondía a la documentación suministrada por la Obra Social.
Que en atención a las acciones que le son propias al citado Comité, de acuerdo a su Reglamento, aprobado como Anexo de la Resolución N° 102/2025-SSSalud y con sustento en los informes técnicos elaborados, dicho cuerpo colegiado se expide en el Acta de firma conjunta N° 4 (IF-2025-47258209-APN-GG#SSS), acordando levantar la Situación de Crisis de la OBRA SOCIAL DE TRABAJADORES DEL PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DEL CHUBUT (R.N.A.S. Nº 1-2860-7), por lo que corresponde darla por revertida.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS toma la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nros 1615 del 23 de diciembre de 1996, 2710 del 28 de diciembre de 2012 y 83 del 24 de enero de 2024.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dase por revertida la situación de crisis de la OBRA SOCIAL DE TRABAJADORES DEL PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DEL CHUBUT (R.N.A.S. Nº 1-2860-7), establecida por RESOL-2025-175-APN-SSS#MS; con sustento en las previsiones del Anexo III del Decreto Nº 1400/2001 y los términos del IF- 2025-47258209-APN-GG#SSS.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese a la OBRA SOCIAL DE TRABAJADORES DEL PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DEL CHUBUT (R.N.A.S. Nº 1-2860-7), publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, pase a la Coordinación de Registros de Agentes del Seguro y a la GERENCIA GENERAL para la intervención de sus respectivas competencias y, vincúlese al expediente electrónico que le dio origen.
Gabriel Gonzalo Oriolo
e. 13/06/2025 N° 41074/25 v. 13/06/2025
Fecha de publicación 13/06/2025