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9 de Junio de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 407/2025

Resolución RESOL-2025-407-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1994

Expediente EX-2023-121339963-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 3 de JUNIO de 2025

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), a requerimiento de GENNEIA SOCIEDAD ANÓNIMA (GENNEIA S.A.), para vincular su Parque Solar Fotovoltaico (PSFV) Junín I, de 20 MW de potencia, ubicado en el partido de Junín, Provincia de BUENOS AIRES, el que se conectará mediante una línea de 33 kV, a una nueva celda de 33 kV de la Estación Transformadora (ET) Junín, jurisdicción de TRANSBA S.A. 2.- La publicación ordenada en el artículo 1 se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, debiendo efectuarse ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente al de la última publicación efectuada, para que quién lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico - económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI), o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de existir presentaciones fundadas, comunes entre varios usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibirlas y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados, se considerará otorgado el Acceso referido en el artículo 1 y el ENRE procederá a indicar esta condición en el “Registro Informativo de Accesos a la Capacidad de Transporte Existente”, en la página web del ENRE, y se informará a las partes. 5.- Una vez otorgado el Acceso referido en el artículo 1, se considerará aprobada la Ampliación Menor, consistente en la construcción de una nueva celda de 33 kV, junto con sus correspondientes equipos de maniobra, protección y medición en la Estación Transformadora (ET) Junín, jurisdicción de TRANSBA S.A., la cual se procederá a inscribir en el “Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución” de la página de Internet del ENRE. 6.- El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por TRANSBA S.A., CAMMESA y el Departamento Ambiental (DAM) del ENRE. 7.- Notifíquese a TRANSBA S.A., GENNEIA S.A. y CAMMESA. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Ing. Osvaldo Ernesto Rolando.-

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 05/06/2025 N° 38361/25 v. 05/06/2025

Fecha de publicación 05/06/2025