Edición del
20 de Noviembre de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 376/2025

RESOL-2025-376-APN-MD

Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2025

VISTO, el expediente EX-2025-43496410- -APN-UGA#MD, la Ley de Ministerios N° 22.520 y sus modificatorios, Ley N° 24.950, y,

CONSIDERANDO:

Que han transcurrido cuarenta y tres (43) años desde el conflicto bélico suscitado entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE denominado “La Guerra de Malvinas” la cual comenzó el 2 de abril de 1982 y terminó el 14 de junio de 1982, en la que nuestras Fuerzas Armadas tuvieron un rol fundamental en la Defensa de la Soberanía Nacional.

Que a través de la Ley N° 24.950 se declararon como “Héroes nacionales” a los combatientes argentinos fallecidos durante la Guerra de Malvinas, en el año 1982, en defensa de la Soberanía Nacional sobre las islas del Atlántico Sur.

Que, iniciado el conflicto, el 5 de abril de 1982 el Comandante del BATALLÓN SEGURIDAD de la BASE NAVAL PUERTO BELGRANO recibió la orden de alistar la SECCIÓN DE PERROS DE GUERRA en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, integrando las tropas de las Fuerzas Armadas que acudieron a la recuperación de las Islas Malvinas en defensa de la Patria, formando parte de los Servicios para Apoyo de Combate (SPAC) de la ARMADA, manteniendo la conducción centralizada.

Que para la seguridad en PUERTO ARGENTINO, se seleccionaron los dieciocho (18) mejores perros de la SECCIÓN con sus respectivos guías conscriptos, acompañados por 3 ayudantes de veterinaria, arribando a destino el 11 de abril de 1982.

Que la existencia del binomio es esencial para el cumplimiento de las ordenes, generando una sinergia única que permite que cada perro obedezca desinteresadamente y ejecute la orden dictada por su guía.

Que la unión de la inteligencia humana con las capacidades caninas crea una unidad operativa superior. El vínculo de confianza y colaboración, forjado en la tarea compartida, optimiza el desempeño, haciendo esencial esta interdependencia para alcanzar eficacia y lograr objetivos vitales.

Que algunas de las tareas desarrollados fueron: brindar seguridad en diversos galpones donde se desarrollaba la logística de la Armada, ayudar en la descarga de buques que llegaban a Puerto Argentino, recoger en el Aeropuerto los abastecimientos que traían los aviones, realizar el apoyo logístico a las tropas de primera línea, realizar patrullajes por la ciudad, encargarse del Correo Postal, entre otras tareas.

Que el 12 de junio de 1982 se ordenó al Jefe de la SECCIÓN PERROS DE GUERRA enviar CINCO (5) guías con sus respectivos perros a la retaguardia del BIM 5, a efectos de detectar posibles infiltraciones. Los conscriptos y perros destacados fueron: CARLOS DEL GRECO con su perro ÑARÓ, RAÚL ANDICOCHEA con su perro NEGRO, LUIS GIULIANI con su perro WARNER, CARLOS SILVAS con su perra XUAVIA y JOSÉ CRUZ con su perro VOGEL.

Que el 14 de junio de 1982 los guías y sus perros debieron replegarse a PUERTO ARGENTINO bajo el fuego de la artillería inglesa. En ese instante los perros NEGRO y ÑARÓ se distanciaron de sus guías bajo el fuego enemigo, y no se volvió a saber más de ellos, por lo que se los considera desaparecidos en acción.

Que los canes VOGEL y WARNER se replegaron con sus guías, mientras que XUAVIA, si bien se alejó de su guía, efectivos del EJÉRCITO ARGENTINO relataron posteriormente al médico veterinario de la SECCIÓN que durante el repliegue, la perra encontró un soldado herido en el campo de combate y se quedó junto a él brindando su calor y protección hasta que el soldado fue socorrido por los camilleros.

Que el 20 de junio de 1982, la SECCIÓN PERROS DE GUERRA embarcó en el ARA YEHUIN y se trasladaron al ARA ROMPEHIELOS ALMIRANTE IRIZAR, designado como buque-hospital en el conflicto, desembarcando en la ciudad de Ushuaia el 22 de junio de ese año, permaneciendo a bordo la totalidad de los perros y dos conscriptos designados para su cuidado, CARLOS DEL GRECO y SEFERINO CÁCERES.

Que a lo largo de los siguientes años, los dieciseis (16) perros restantes de la SECCIÓN PERROS DE GUERRA que participaron en el Conflicto Armado con el REINO UNIDO fueron falleciendo por diversas circunstancias, siendo VOGEL el más longevo, en razón de lo cual presidió las ceremonias de la Unidad en su condición de Veterano de Guerra hasta su fallecimiento el 1 de diciembre de 1991, encontrándose enterrado en el BATALLÓN SEGURIDAD de la BASE NAVAL PUERTO BELGRANO con un monumento conmemorativo a su participación en la Gesta de Malvinas.

Que por la actuación de la SECCIÓN PERROS DE GUERRA en la Guerra de Malvinas, la bandera del BATALLÓN SEGURIDAD de la BASE NAVAL PUERTO BELGRANO, recibió en el año 2009 la condecoración “OPERACIONES DE COMBATE”.

Que el apoyo que estos animales han brindado a nuestras Fuerzas Armadas en el enfrentamiento con el enemigo, merece un reconocimiento de modo tal que su sacrificio resulte un evento significativo, no sólo para sus guías sino para la sociedad, en atención al servicio prestado por esos animales en el frente de batalla.

Que de conformidad con las consideraciones expuestas resulta procedente otorgar una distinción a los perros integrantes de la SECCIÓN PERROS DE GUERRA del BATALLÓN SEGURIDAD de la BASE NAVAL PUERTO BELGRANO.

Que ha tomado la intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio en el marco de sus competencias.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente medida de conformidad con lo establecido por los artículos 4 y 19 de la Ley de Ministerios N° 22.520 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE DEFENSA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Otórgase la distinción “LEALTAD EN COMBATE- BINOMIOS EN MALVINAS” a los siguientes binomios pertenecientes a la SECCIÓN PERROS DE GUERRA del BATALLÓN DE SEGURIDAD de la BASE NAVAL PUERTO BELGRANO: 1. CC62 ALARCON José Ramón – ÑANDO; 2. CC62 ALBARRACIN Ángel Rolando RANQUEL; 3. CC62 ANDICOCHEA Raúl Orlando – NEGRO; 4. CC62 CACERES Seferino Ramón – DUQUE; 5. CC60 CRUZ José Rubén – VOGEL; 6. CC62 DECIMA Silvano Pastor – ÑANCUL; 7. CC62 DEL GRECO Carlos Alberto – ÑARO; 8. CC62 GIULIANI Luis Alberto – WARNER; 9. CC62 HERRERA Humberto Horacio – YOU; 10. CC62 IRIGOYEN Raúl Francisco – VOLF; 11. CC62 LOPEZ Ubaldo Darío – FRANKY; 12. CC62 MEDINA Jorge Alberto – FALU; 13. CC62 PEREZ Néstor Raúl – LONDON; 14. CC62 PEREZ Oscar Orlando – KENDY; 15. CC62 PICON Martín Donato – ONIX; 16. CC62 RINALDI Jorge Armando – NICK; 17. CC62 RIVADANEIRA Rubén Orlando - OLAF; y 18. CC62 SILVAS Carlos Dante – XUAVIA por haber defendido al Pueblo argentino y la Patria durante el conflicto armado GUERRA DE MALVINAS que se extendió entre el 2 de abril de 1982 y el 14 de junio de 1982.

ARTÍCULO 2°.- La presente medida será extendida “post mortem” a todos binomios pertenecientes a la SECCIÓN PERROS DE GUERRA del BATALLÓN DE SEGURIDAD de la BASE NAVAL PUERTO BELGRANO participantes en el conflicto armado GUERRA DE MALVINAS fallecidos en ocasión del conflicto o con posterioridad al mismo.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Luis Petri

e. 29/04/2025 N° 27386/25 v. 29/04/2025

Fecha de publicación 29/04/2025