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30 de Abril de 2025

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Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 300/2025

RESOL-2025-300-APN-ANAC#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2025

VISTO, el expediente EX-2025-23207278-APN-ANAC#MEC, la ley 19.549, los decretos 1759 del 3 de abril de 1972 T.O. 2017, 1770 del 29 de noviembre de 2007, 1063 del 5 de octubre de 2016, 891 del 1° de noviembre de 2017, la resolución 826 del 30 de octubre de 2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2° del decreto 1770 del 29 de noviembre de 2007 estableció que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) tendrá a su cargo realizar las acciones concernientes a la Autoridad Aeronáutica derivadas del Código Aeronáutico, las Regulaciones Aeronáuticas, Convenios y Acuerdos Internacionales, Reglamento del Aire y demás normativas y disposiciones vigentes, tanto nacionales como internacionales.

Que la ley 19.549 de procedimientos administrativos fue reglamentada por el decreto 1759 del 3 de abril de 1972 T.O. 2017, el cual en el artículo 7° del Reglamento de Procedimientos Administrativos estableció la obligatoriedad del formato electrónico para los expedientes administrativos.

Que el mencionado decreto estableció también que todos los documentos que formen parte de un expediente deberán ser generados previamente en forma electrónica, o bien, si existieran en papel u otro formato, deberán ser digitalizados de acuerdo a la normativa vigente.

Que el decreto 1063 del 4 de octubre de 2016 por medio del cual se aprobó la implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), estableció la posibilidad de firmar digitalmente toda la documentación emanada del Estado a través del uso del Sistema de Documental Electrónica (GDE), como así también que las firmas digitales del mencionado sistema gozan de plena validez, asegurando de forma indubitada, la autoría e integridad del documento electrónico firmado digitalmente.

Que por medio de los artículos 1° y 3° de la resolución ANAC 826 del 30 de octubre de 2014 se aprobó la emisión de los certificados de matrícula y de aeronavegabilidad de las aeronaves registradas en la República Argentina en consonancia con las previsiones de los Anexos 7 y 8 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944), previendo además una serie de medidas de seguridad, entre las cuales se incluía la impresión en papel con marca de agua o filigrana “Casa de Moneda”.

Que en el marco del proceso de digitalización de los expedientes administrativos descripto en los considerandos precedentes, las medidas de seguridad aprobadas mediante la resolución ANAC 826/2014 han devenido obsoletas y contrarias al desarrollo ágil y eficiente de la Aviación Civil.

Que, por ende, resulta necesario adecuar el marco normativo que regula las condiciones de validez, el formato y la forma de emisión de la documentación y los certificados, a los fines enunciados en los considerandos precedentes.

Que la presente resolución se plasma respecto a la emisión de documentos de la Dirección de Aeronavegabilidad (DA) dependiente de la Dirección Nacional de Seguridad Operacional (DNSO) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) en base a los principios establecidos en el decreto 891 del 1° de noviembre de 2017 sobre buenas prácticas en materia de la mejora continua de procesos y el gobierno digital.

Que la Dirección Nacional de Seguridad Operacional (DNSO) y la Dirección de Aeronavegabilidad (DA) han tomado su debida intervención en las actuaciones prestando conformidad con lo allí actuado.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ), dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa (DGLTYA) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el decreto 1770 del 29 de noviembre de 2009.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Abrogar la resolución 826 del 30 de octubre de 2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).

ARTÍCULO 2°.- Aprobar el nuevo formato digital del Certificado de Aeronavegabilidad Estándar en los términos previstos en el Anexo 8 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional según obra en el Anexo I (IF- 2025-39664093-APN-DNSO#ANAC) que forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el nuevo formato digital del Certificado de Aeronavegabilidad Especial según obra en el Anexo II ( IF-2025-39689564-APN-DNSO#ANAC ) que forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida no afecta en forma alguna la validez de los certificados de aeronavegabilidad u otros documentos que ya hubieren sido emitidos por la Dirección de Aeronavegabilidad (DA) dependiente de la Dirección Nacional de Seguridad Operacional (DNSO) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) y que se encuentren vigentes.

ARTÍCULO 5°.- Instruir a la Dirección de Aeronavegabilidad (DA) para que implemente la emisión de los certificados mencionados en la presente media en soporte digital respecto a la materia de su competencia.

ARTÍCULO 6°.- La presente medida entrará en vigencia a los Treinta (30) días de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 7°.- Girar las actuaciones al Departamento Normativa Aeronáutica Normas y Procedimientos Internos (DNANYPI) dependiente de la Unidad de Planificación y Control de Gestión (UPYCG) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), para su inclusión en el Sitio “Web” Institucional, publicación en la Biblioteca virtual, difusión interna y posterior pase al Departamento de Secretaria General (DSG) dependiente de la Dirección General, Legal, Técnica y Administrativa (DGLTYA) de la Dirección de Aeronavegabilidad (DA) a efectos de incorporar la presente medida en el Archivo Central Reglamentario (ACR).

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

María Julia Cordero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa/resoluciones-y-disposiciones

e. 28/04/2025 N° 26657/25 v. 28/04/2025

Fecha de publicación 28/04/2025