BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 8228/2025
16/04/2025
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular LISOL 1-1100 OPRAC 1-1281. Financiamiento al sector público no financiero. Títulos Públicos de la provincia de Buenos Aires.
“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. del texto ordenado sobre Financiamiento al Sector Público no Financiero, a que las entidades financieras puedan adquirir títulos públicos a ser emitidos por la provincia de Buenos Aires por hasta un valor nominal equivalente a $500.000.000.000 (pesos quinientos mil millones), en el marco de la Ley provincial 15.480 y de acuerdo con las condiciones establecidas en la nota NO-2025-37759348-APN-SH#MEC de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de fraccionamiento del riesgo crediticio previstas en ese ordenamiento.
Las entidades financieras intervinientes no podrán aplicar su capacidad de préstamo de los depósitos en moneda extranjera a la suscripción de los citados títulos denominados en dólares estadounidenses, de conformidad con lo previsto en la Sección 2. del texto ordenado sobre Política de Crédito.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Marina Ongaro, Subgerenta General de Regulación Financiera.
e. 23/04/2025 N° 25082/25 v. 23/04/2025
Fecha de publicación 23/04/2025