Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 162/2025

RESOL-2025-162-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2025

VISTO el Expediente Nº EX-2023-141339978-APN-SE#MEC y los Expedientes Nros. EX-2024-5136598-APN-SE#MEC, EX-2024-8161390-APN-SE#MEC, EX-2024-38769762-APN-SE#MEC, EX-2024-41364955-APN-SE#MEC y EX-2024-79459506-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa CEMENTOS AVELLANEDA S.A. solicita el cambio de categoría de Agente del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) desde la condición actual de Gran Usuario Mayor (GUMA CEMAOL3Z) a la de Autogenerador para su Parque Eólico Cementos Avellaneda con una potencia de VEINTIOCHO MEGAVATIOS (28 MW), a instalarse en el Partido de Olavarría, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en barras de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) de la Estación Transformadora Calera Avellaneda, jurisdicción de la empresa de TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.).

Que mediante las Notas Nros. B-170851-1 de fecha 5 de enero de 2024, (IF-2024-05136963-APN-SE#MEC) vinculado al EX-2024-05136598-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta y B-173317-1 de fecha 18 de abril de 2024, (IF-2024-41367498-APN-SE#MEC) vinculado al EX-2024-41364955-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informa que la empresa CEMENTOS AVELLANEDA S.A. cumple para su Parque Eólico Cementos Avellaneda los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MEM, como así también con la información requerida para la Base de Datos Estacional del Sistema, Capítulo 2 y Anexos 1 y 2 de Los Procedimientos. Agrega CAMMESA que la empresa CEMENTOS AVELLANEDA S.A. deberá cumplimentar con el equipamiento correspondiente para satisfacer los requerimientos del Anexo 24 de Los Procedimientos en lo referente al sistema de comunicaciones SCOM, SMEC y SOTR.

Que el GUMA CEMAOL3Z se encuentra incorporado como nodo del Autogenerador Distribuido de CEMENTOS AVELLANEDA S.A. y que, en tal sentido, el Autogenerador propuesto continuará conformando el mencionado Autogenerador Distribuido.

Que mediante la resolución RESOB-2023-3-GDEBA-SSCYFAMAMGP de fecha 14 de diciembre de 2023 (IF-2024-79463705-APN-SE#MEC), vinculado en el EX-2024-79459506-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, el Ministerio de Ambiente de la Provincia de BUENOS AIRES resuelve aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del Parque Eólico Cementos Avellaneda.

Que la empresa CEMENTOS AVELLANEDA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.641 de fecha 4 de abril de 2025 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la empresa CEMENTOS AVELLANEDA S.A. el cambio de categoría de Agente del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) desde la condición actual de Gran Usuario Mayor (GUMA CEMAOL3Z) a la de Autogenerador para su Parque Eólico Cementos Avellaneda con una potencia de VEINTIOCHO MEGAVATIOS (28 MW), a instalarse en el Partido de Olavarría, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en barras de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) de la Estación Transformadora Calera Avellaneda, jurisdicción de la empresa de TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.).

El agente bajo su nueva condición de Autogenerador continuará conformando el Autogenerador Distribuido de CEMENTOS AVELLANEDA S.A.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa CEMENTOS AVELLANEDA S.A., titular del Parque Eólico Cementos Avellaneda en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa CEMENTOS AVELLANEDA S.A., a CAMMESA, a la empresa de TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Carmen Tettamanti

e. 23/04/2025 N° 25218/25 v. 23/04/2025

Fecha de publicación 23/04/2025