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27 de Enero de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE JUSTICIA

Resolución 233/2025

RESOL-2025-233-APN-MJ

Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-37089959-APN-DGDYD#MJ, la Ley N° 27.150 y sus modificatorias, entre estas la dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 188 del 23 de febrero de 2024 y las Resolución del MINISTERIO DE JUSTICIA Nro. 377 del 17 de diciembre de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que, según lo previsto en el artículo 2° de la Ley N° 27.150 y sus modificatorias, el CÓDIGO PROCESAL PENAL FEDERAL (T.O. 2019) entrará en vigencia de conformidad con el cronograma de implementación progresiva que establezca el MINISTERIO DE JUSTICIA.

Que el artículo 3° de la citada Ley N° 27.150 establece que, entre otras funciones, el MINISTERIO DE JUSTICIA deberá dictar los actos que sean conducentes para la adecuada implementación y puesta en funcionamiento del CÓDIGO PROCESAL PENAL FEDERAL (T.O. 2019) en todo el territorio nacional.

Que, en ejercicio de esas atribuciones, esta cartera de estado dispuso la plena entrada en vigencia de dicho cuerpo normativo en la jurisdicción correspondiente a la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE BAHÍA BLANCA, a partir de las 00:00 horas del 5 de mayo de 2025 conforme RESOL-2024-377-APN-MJ.

Que, el 7 de marzo de 2025, un severo temporal, acompañado de intensas inundaciones, afectó gravemente la Ciudad de Bahía Blanca y diversas localidades cercanas en la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y ocasionó pérdidas humanas y materiales de gran magnitud.

Que a raíz del desastre, se verificó la evacuación de un número elevado de personas, así como daños estructurales significativos en infraestructuras edilicia y tecnológica, lo que ha comprometido el normal funcionamiento de diversos organismos públicos y privados.

Que este Ministerio ha tomado conocimiento de la gravedad de la situación y de los esfuerzos que se están desplegando para brindar asistencia humanitaria y restaurar los servicios esenciales en la región afectada.

Que en razón de los trágicos acontecimientos, mediante el Decreto N° 316 del 8 de marzo de 2025, el Gobierno de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES declaró en emergencia a los partidos de Bahía Blanca, Coronel Rosales, Villarino, Puán, Coronel Suárez, Adolfo Alsina y Guaminí, así como a aquellos distritos que hayan resultado afectados por el trágico temporal, por el plazo de TREINTA (30) días a partir de su dictado.

Que, asimismo, el 12 de marzo de 2025 la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN aprobó de forma unánime la declaración de emergencia ambiental, económica y habitacional en la Ciudad de Bahía Blanca y en los municipios afectados de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por el término de NOVENTA (90) días, prorrogables por igual plazo por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que, en virtud del crítico escenario actual, este Ministerio solicitó a los organismos intervinientes en la implementación del CÓDIGO PROCESAL PENAL FEDERAL (T.O. 2019) un informe acerca del estado de las dependencias ubicadas en la ciudad de Bahía Blanca y localidades cercanas, a fin de coordinar acciones y tomar las medidas necesarias para enfrentar la coyuntura de la manera más eficaz posible.

Que, en dicho marco, el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN envió a este Ministerio un informe realizado por la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE BAHÍA BLANCA en el cual se daba cuenta que los edificios de los Juzgados Federales Nros. 1 y 2, y del Tribunal Oral Federal, sufrieron daños de envergadura: por un lado, el ingreso de lodo, barro y agua servida en los subsuelos ocasionó la avería de tableros eléctricos y bombas, así como pérdida de documentación y expedientes alojados en la oficina de Archivo que comparten ambos juzgados; por el otro, la inundación en las plantas bajas de las dependencias judiciales generó daños infraestructurales, y deterioro o pérdida total de mobiliario y equipamiento, con diferentes grados de severidad según edificio.

Que, por su parte, la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN informó que una de las sedes del Ministerio Público Fiscal en la ciudad de Bahía Blanca se encuentra inhabitable debido a los daños estructurales, falta de suministro eléctrico y servicio de internet, y presencia de barro y residuos cloacales derivados de la inundación, y que ello obligó a la suspensión de las actividades de capacitación planificadas para el distrito para los días posteriores al temporal.

Que la DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN reportó que DOS (2) de sus TRES (3) dependencias en la ciudad han sufrido pérdidas casi totales en su equipamiento y mobiliario, siendo la única excepción la Unidad de Letrados Móviles, ubicada en un tercer piso.

Que también resultó afectado el personal del PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa, y sus respectivas familias, que han sufrido pérdidas considerables en sus viviendas particulares.

Que la UNIÓN DE EMPLEADOS DE LA JUSTICIA DE LA NACIÓN ha señalado el grave deterioro de las condiciones edilicias y ambientales de las dependencias judiciales locales.

Que, en consideración a este contexto, resulta necesario posponer, de manera excepcional y extraordinaria, la fecha que la Resolución N° RESOL-2024-377-APN-MJ estableciera para la entrada en vigencia del CÓDIGO PROCESAL PENAL FEDERAL (T.O. 2019) en la jurisdicción correspondiente a la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE BAHÍA BLANCA, a fin de coordinar acciones y reorganizar las actividades institucionales afectadas por la inundación.

Que, para garantizar una implementación adecuada del nuevo sistema procesal penal, corresponde diferir la entrada en vigencia del CÓDIGO PROCESAL PENAL FEDERAL (T.O. 2019) en el ámbito de la jurisdicción correspondiente a la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE BAHÍA BLANCA, para las 00:00 horas del próximo 29 de septiembre de 2025.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2° y 3° de la Ley N° 27.150 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Diferir la entrada en vigencia del CÓDIGO PROCESAL PENAL FEDERAL (T.O. 2019) en el ámbito de la jurisdicción correspondiente a la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE BAHÍA BLANCA, para las 00:00 horas del 29 de septiembre de 2025.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese a la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, al CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN, a la CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL, a la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN, a la DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN, a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, cumplido, archívese.

Mariano Cúneo Libarona

e. 22/04/2025 N° 24930/25 v. 22/04/2025

Fecha de publicación 22/04/2025