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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 145/2025

RESOL-2025-145-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 03/04/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-32473279-APN-DGDA#MEC, las Leyes Nros. 24.076 y 27.742, los Decretos Nros. 70 de fecha 20 de diciembre de 2023 y 1.057 de fecha 28 de noviembre de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 2° del Decreto N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023 se establece que el ESTADO NACIONAL promoverá y asegurará la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo.

Que, con similar alcance, la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742 tiende a promover la iniciativa privada y el desarrollo de la industria y del comercio, mediante un régimen jurídico que asegure los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación y limite toda intervención estatal que no sea la necesaria para velar por los derechos constitucionales.

Que a través de los Artículos 153 a 158 de la citada Ley Nº 27.742 se introdujeron modificaciones a la Ley N° 24.076, que establece el marco regulatorio del Gas Natural.

Que con las citadas reformas se flexibilizaron las importaciones y exportaciones de gas y se promovieron nuevas actividades, tales como la producción de Gas Natural Licuado (GNL) y el almacenamiento subterráneo de gas natural en yacimientos.

Que, con relación particular a las exportaciones de GNL, el Artículo 3° bis de la Ley N° 24.076, conforme a la incorporación dispuesta por la citada Ley N° 27.742 establece, entre otros aspectos, que el otorgamiento de una autorización de exportación firme de GNL implicará para sus titulares el derecho a exportar todos los volúmenes autorizados en ese carácter en forma continuada y sin interrupciones ni restricciones, reducciones o redireccionamientos por causa alguna durante cada día del período de vigencia de la autorización de exportación respectiva, así como el derecho de acceder sin restricciones ni interrupciones de ninguna naturaleza al suministro de gas natural o a la capacidad de transporte, procesamiento o almacenamiento de cualquier especie de los que sean titulares o que hubiesen contratado a tal fin.

Que, asimismo, el citado artículo establece que las exportaciones de GNL deberán ser autorizadas por la SECRETARÍA DE ENERGÍA, de acuerdo con los lineamientos allí previstos y a la reglamentación que dicte el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que mediante el Decreto N° 1.057 de fecha 28 de noviembre de 2024 se aprobó, como Anexo II, la Reglamentación de los Artículos 153 a 158 de la mentada Ley Nº 27.742.

Que por el Artículo 2° del Anexo precitado se estableció que, la SECRETARÍA DE ENERGÍA, regulará el procedimiento aplicable a las solicitudes y autorizaciones de exportación de GNL.

Que, en consideración a lo expuesto, y en aras al cumplimiento de los objetivos plasmados en el plexo normativo precedentemente citado, deviene necesario establecer un procedimiento específico de aplicación a las exportaciones de GNL.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y por el Artículo 2° del Anexo II del Decreto N° 1.057/24.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Procedimiento para la Exportación de Gas Natural Licuado (GNL) que, como Anexo I (IF-2025-32633061-APN-SSCL#MEC) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Carmen Tettamanti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/04/2025 N° 20366/25 v. 04/04/2025

Fecha de publicación 04/04/2025