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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Resolución C.D. 5/2025

Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2025

Expte. Nº 41.261

En la sesión del día de la fecha (Acta N° 1307) el Consejo Directivo aprobó la siguiente resolución:

VISTO:

1. Lo dispuesto por los artículos 7, 19 y 37 de la Ley Nº 466 CABA, con respecto a la duración de los cargos de los integrantes del Consejo Directivo, del Tribunal de Ética Profesional y de la Comisión Fiscalizadora, y el texto de los artículos 41 y 44 de la misma Ley, con relación a la periodicidad de las elecciones y las modalidades de la convocatoria,

2. Las previsiones de las normas contenidas en el Capítulo VIII (“Del régimen electoral”) de la Ley Nº 466 CABA, las facultades otorgadas al Consejo Directivo y los plazos y demás términos allí previstos, así como el cronograma elaborado por la Subgerencia de Matrículas, Cumplimiento y Responsabilidad Profesional, del cual se toma conocimiento en la presente reunión,

3. La Resolución C. D. Nº 04/2025 que fijó la fecha de elecciones el día 4 de junio de 2025, y

CONSIDERANDO:

1. Que el 30 de junio de 2025 concluye su mandato la totalidad de los miembros del Consejo Directivo, del Tribunal de Ética Profesional y de la Comisión Fiscalizadora, que fueran electos el 8 de junio de 2022, de conformidad con la convocatoria dispuesta por Resolución C. D. Nº 7/2022.

2. Que, en consecuencia, corresponde convocar a los matriculados a elecciones de integrantes de dichos Cuerpos para el período comprendido entre el 1° de julio de 2025 y el 30 de junio de 2028, con arreglo a lo dispuesto por los artículos 41 a 61, ambos inclusive, de la Ley Nº 466 CABA, fijando el calendario electoral en el marco del cronograma que se determine al efecto.

3. Que el artículo 45 de la Ley Nº 466 CABA, pone en función del Consejo Directivo la designación de la Junta Electoral que tendrá a su cargo la organización del comicio, la oficialización de agrupaciones y listas de candidatos, el escrutinio definitivo, el juzgamiento de la elección, la adjudicación de los cargos y la proclamación de los electos.

Por ello,

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1º.- CONVOCAR a la elección de los integrantes del Consejo Directivo, del Tribunal de Ética Profesional y de la Comisión Fiscalizadora a los matriculados, cuyo acto eleccionario se realizará el día miércoles 4 DE JUNIO DE 2025, desde la hora 08:00 hasta la hora 20:00, en la sede de la Institución sita en Viamonte 1549, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Art. 41, 42 y 44 Ley Nº 466 CABA).

Art. 2º.- ESTABLECER que los cargos que se cubrirán en el marco de dicho comicio, tendrán mandato desde el 1º de julio de 2025 por los siguientes tres (3) años, venciendo en consecuencia el referido mandato el día 30 de junio de 2028. Los cargos a cubrir son los siguientes:

1. Veinticinco (25) miembros titulares y veinticinco (25) miembros suplentes para integrar el Consejo Directivo, en los términos de la Ley Nº 466 CABA, Arts. 6º y 8º, con la siguiente distribución por matrículas, tanto para los titulares como para los suplentes:

a) 16 Contadores Públicos (11 por la mayoría y 5 por la minoría).

b) 3 Licenciados en Administración (2 por la mayoría y 1 por la minoría).

c) 3 Licenciados en Economía (2 por la mayoría y 1 por la minoría).

d) 3 Actuarios (2 por la mayoría y 1 por la minoría).

2. Quince (15) miembros titulares y quince (15) miembros suplentes para integrar el Tribunal de Ética Profesional, en los términos de la Ley Nº 466 CABA, Arts. 18 y 19, con la siguiente distribución por matrículas, tanto para los titulares como para los suplentes:

a) 12 Contadores Públicos (7 por la mayoría y 5 por la minoría)

b) 1 Licenciado en Administración

c) 1 Licenciado en Economía

d) 1 Actuario

3. Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes con Matrícula de Contador Público para integrar la Comisión Fiscalizadora, en los términos de la Ley Nº 466 CABA, Art. 37, 2 (dos) por la minoría y 1 (uno) por la mayoría.

Art. 3º.- En la conformación de todos los organismos antedichos, deberá respetarse lo establecido por el Art. 36 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades y trato entre varones y mujeres en el acceso y goce de todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales (Art. 4° Ley Nº 466, CABA).

Art. 4º.- FIJAR el siguiente CALENDARIO ELECTORAL, debiendo entenderse que todas las fechas se refieren al año 2025:

22 de abril a las 18:00 h Vencimiento del plazo para la solicitud de reconocimiento y nombramiento de apoderados de agrupaciones nuevas.

Desde el 22 de abril. Exhibición del Padrón Provisorio. Comienzo del período de consulta.

7 de mayo a las 18:00 h Vencimiento del plazo para la recepción de Observaciones del Padrón Provisorio.

7 de mayo a las 18:00 h Vencimiento del plazo para el reconocimiento por parte de la Junta Electoral de agrupaciones nuevas.

Desde el 14 de mayo. Exhibición del Padrón Definitivo.

14 de mayo a las 18:00 h Vencimiento del plazo para la ratificación de reconocimiento de agrupaciones que hayan intervenido en el comicio anterior.

19 de mayo a las 18:00 h Vencimiento del plazo para la presentación de Alianzas y/o Frentes.

21 de mayo a las 18:00 h Vencimiento del plazo para la presentación de listas de candidatos.

23 de mayo a las 18:00 h Vencimiento del período de impugnación de candidatos o listas.

26 de mayo a las 18:00 h Vencimiento del plazo para resolver sobre las impugnaciones y oficializar las listas.

4 de junio de 08:00 a 20:00 h Elecciones en la sede de la calle Viamonte 1549, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Art. 44 Ley Nº 466)

Art. 5º.- HACER SABER que, si con posterioridad a la publicación de la convocatoria, se declarase inhábil alguna fecha comprendida en el calendario electoral, ésta se postergará automáticamente un día hábil por cada día que se declare inhábil, sin perjuicio de los actos cumplidos, y no modificándose el resto de las fechas del calendario electoral, salvo lo referido a los plazos relacionados con las fechas postergadas, y manteniéndose la fecha fijada para la celebración del acto eleccionario.

Art. 6º.- Ratificar el Reglamento Electoral aprobado por Res. C. D. Nº 71/2021, el que tendrá vigencia para el acto electoral que se convoca por esta Resolución

Art. 7º.- PUBLICAR no más allá del 16 de abril de 2025 por un (1) día la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Boletín Oficial de la República Argentina y, al menos, en dos (2) de los diarios de mayor circulación de la Ciudad, y DIFUNDIR además por los medios impresos y digitales del Consejo Profesional, en su sitio de Internet, en las tablillas de anuncios de las entradas de sus sedes y en los demás medios y lugares que se dispongan.

Art. 8°.- ESTABLECER que cualquier consulta, gestión o presentación relacionada con el proceso eleccionario convocado en la presente no se podrá realizar con anterioridad a la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la República Argentina establecida en el Articulo 7º.

Art. 9º.- COMUNÍQUESE al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, regístrese y archívese.

Silvia Abeledo - Gabriela Russo

e. 03/04/2025 N° 20059/25 v. 03/04/2025

Fecha de publicación 03/04/2025