PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Decreto 242/2025
DECTO-2025-242-APN-PTE - Recházase recurso.
Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2023-87503410-APN-DCDC#MT, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios y 432 del 25 de julio de 2022 y las Resoluciones de la ex-SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53 del 22 de marzo de 2022 y su modificatoria, del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 294 del 4 de abril de 2023, 614 del 30 de mayo de 2023 y 1231 del 29 de septiembre de 2023 y del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO N° 82 del 8 de abril de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Sergio Andrés Ramón SENRA contra la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1231/23, por la cual se rechazó, entre otros, la promoción del nombrado al Nivel B, Agrupamiento General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, por no cumplimentar los requisitos excluyentes para acceder a dicho Nivel escalafonario.
Que el recurrente se agravia argumentando que al momento de la postulación para la valoración por evaluación y mérito para la promoción de nivel, en forma involuntaria, no informó las capacitaciones por él realizadas fuera de la institución, adjuntando, como prueba documental, el detalle de horas de cátedra alcanzadas con motivo de las materias cursadas y aprobadas de la carrera de Derecho en la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO.
Que el señor SENRA manifiesta que también se encuentra realizando un curso de idiomas dictado por la Universidad de Buenos Aires y destacó haber tomado un curso de Procedimiento Administrativo y Gestión Documental Electrónica para desarrollar las tareas laborales de acuerdo a los nuevos requerimientos de la institución, peticionando la revisión de los antecedentes mencionados.
Que por la Resolución de la ex-SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 53/22 se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel para el Personal del referido SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por la Resolución del ex-MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 294/23 se dio por iniciado, en dicha Jurisdicción, el referido Proceso de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito y se designó a los integrantes de los Comités intervinientes.
Que el señor SENRA se postuló conforme al referido Régimen para ascender al Nivel escalafonario B, Agrupamiento General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que mediante el Acta N° 3 del 15 de septiembre de 2023 el Comité de Valoración interviniente en el referido proceso concluyó que el citado agente, entre otros, no reúne los requisitos correspondientes para la promoción al Nivel para el que se postulara, ya que no se encuentra exceptuado conforme a la Cláusula Cuarta del Decreto N° 432/22, desestimando su solicitud.
Que notificado el causante de la referida Resolución del ex-MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1231/23, por la que se rechazó su postulación al Nivel B, Agrupamiento General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), interpuso recurso de reconsideración contra dicho acto administrativo.
Que mediante el Acta N° 22 del 28 de noviembre de 2023 el Comité interviniente en el referido proceso analizó los fundamentos vertidos en el recurso interpuesto por el aquí causante, considerando que el señor SENRA no se encuentra exceptuado conforme la Cláusula Cuarta del Decreto N° 432/22 y ratificó lo señalado en su Acta N° 3 del 15 de septiembre de 2023 respecto al rechazo de su postulación.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO N° 82/24 se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto por el señor SENRA contra la Resolución del ex-MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1231/23.
Que por el Decreto N° 432/22 se homologaron las Actas Acuerdo de fechas 30 de mayo y 1° de junio, ambas de 2022, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por la segunda de las Actas citadas en el considerando precedente, en su cláusula cuarta se dispuso que por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2023 el personal permanente encasillado en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO que revistara en el Nivel escalafonario C del Agrupamiento General que no reuniera el requisito de título del nivel de educación exigido de conformidad con el artículo 14 del referido Convenio Sectorial podrá postularse al Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, aprobado por la Resolución de la ex-SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 53/22 mediante el sistema establecido en la cláusula tercera del Decreto N° 103/22 al Nivel escalafonario B del Agrupamiento General, siempre que la posesión del título del que se trate no sea exigida como habilitante por la normativa respectiva para cumplir la prestación laboral del cargo a ocupar.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (ONEP) señaló que la postulación del agente SENRA fue rechazada, atento no encontrarse exceptuado conforme la precitada cláusula cuarta, dado que ascendió al Nivel escalafonario C del Agrupamiento General a través del Régimen de Valoración para la Promoción de Nivel por Evaluación y Mérito mediante la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 614/23.
Que dicho organismo destacó que la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.) en el Acta N° 207 del 13 de febrero de 2023 indicó que la referencia al personal de planta permanente encasillado en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO que revistara en un Nivel escalafonario C del Agrupamiento General alude al trabajador que hubiera sido designado como personal permanente en regímenes comprendidos en el ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo General, homologado por el Decreto N° 214/06, previo a la entrada en vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), y que al momento de su postulación revistara en el Nivel C del SINEP.
Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha sostenido que: “…tratándose de cuestiones técnicas, el análisis jurídico debe realizarse de conformidad con los informes de los especialistas en la materia de que se trate (Dict. 162:344 y 206:364, entre otros)” (Dictamen: 241:207).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Recházase el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto por el señor Sergio Andrés Ramón SENRA (D.N.I. Nº 17.417.596) contra la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1231 del 29 de septiembre de 2023.
ARTÍCULO 2º.- Hágase saber al recurrente que con el dictado del presente acto administrativo queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017, quedando expedita la acción judicial, la que podrá ser interpuesta dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales, contados a partir de la fecha de notificación de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Sandra Pettovello
e. 01/04/2025 N° 19779/25 v. 01/04/2025
Fecha de publicación 01/04/2025