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MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Resolución 405/2025

RESOL-2025-405-APN-SE#MCH

Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2025

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-135993443- -APN-DDE#MCH, los Decretos N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y N° 862 de fecha 27 de setiembre de 2024 y la Ley N° 24.521 de Educación Superior, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN comunicó a esta SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en los términos del artículo 34 de la Ley Nº 24.521 de Educación Superior, la aprobación de la reforma de su Estatuto y de un texto ordenado del mismo.

Que la reforma estatutaria de que se trata fue aprobada por la Honorable Asamblea Universitaria de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN, en su reunión de fecha 21 de noviembre de 2024.

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley N° 24.521 de Educación Superior, las Instituciones Universitarias deben comunicar a esta SECRETARÍA DE EDUCACIÓN la aprobación de los estatutos y sus reformas a efectos de que se verifique la adecuación de los mismos a la legislación vigente y de ordenar, en el caso de que ello corresponda, la pertinente publicación de su texto en el Boletín Oficial.

Que del análisis del contenido de la reforma estatutaria y del texto ordenado del estatuto sometido a la consideración de esta autoridad de aplicación no surgen objeciones legales que formular, correspondiendo disponer su publicación en el Boletín Oficial.

Que si bien el texto ordenado del estatuto de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN incluye el domicilio de la sede principal de dicha Casa de Altos Estudios en un sentido amplio con indicación únicamente de la localidad en la que se encuentra el mismo, la referida Institución Universitaria inscribió ante esta autoridad de aplicación el domicilio exacto en donde funciona su sede principal (Ayacucho N° 491, San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán); el que tiene la calidad de domicilio constituido a todos los efectos académicos y legales y en donde resultará válida cualquier notificación y/o comunicación que se le curse mientras el mismo no sea modificado y debidamente comunicado a esta SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Que ha tomado la intervención que le corresponde la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN UNIVERSITARIA, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención pertinente.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención de sus competencias

Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley Nº 24.521 de Educación Superior, y lo dispuesto por los Decretos N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y N° 862 de fecha 27 de setiembre de 2024.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Hágase saber que la reforma del Estatuto de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN que obra como Anexo de la presente (IF-2024-139975822-APN-DNGU#MCH), encuadra dentro de los lineamientos establecidos por la Ley N° 24.521 de Educación Superior.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.

Carlos Horacio Torrendell

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/03/2025 N° 18771/25 v. 31/03/2025

Fecha de publicación 31/03/2025