Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 311/2025

RESOL-2025-311-APN-SSS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 21/03/2025

VISTO el Expediente N° EX-2024-54230063- -APN-GG#SSS; las Leyes N° 23.660 y Nº 26.682; los Decretos N° 576 del 1º de abril de 1993, Nº 1993 del 30 de noviembre de 2011 y Nº 171 del 20 de febrero de 2024; y las Resoluciones N° 55 del 23 de enero de 2012, N° 132 del 19 de octubre de 2018, Nº 1950 de fecha 18 de noviembre de 2021 y Nº 232 de fecha 29 de febrero de 2024, todas del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente del VISTO, la entidad MEDYCIN ARGENTINO S.A. solicita la inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE ENTIDADES DE MEDICINA PREPAGA -RNEMP-, en los términos del inciso b) punto 1. del artículo 5º del Decreto Nº 1993/2011.

Que al efecto, en la oportunidad señalada, acompañó la documentación exigida por el Anexo II de la Resolución N° 55/2012-SSSALUD (modif. por Resolución N° 132/2018-SSSALUD) y proporcionó la información requerida conforme el detalle consignado en el Anexo III del mismo acto resolutivo.

Que, de conformidad con el estatuto social vigente de la entidad que se encuentra inscripto en la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA -IGJ-, su sede social se ha determinado en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES -CABA-.

Que, conforme certificaciones que han sido acompañadas respecto de cada uno de los miembros que componen el órgano de conducción de la entidad con mandato vigente, se ha verificado que ninguno de ellos posee limitaciones legales y/o reglamentarias para desempeñarse en la gestión de entidades de medicina prepaga.

Que, en particular, respecto de la entidad solicitante de la inscripción, y a los fines de evaluar las condiciones que le permitan obtener la autorización para funcionar en los términos del inciso e) del artículo 5º de la Ley 26.682, han tomado la intervención de su competencia las Gerencias de Control Económico Financiero y de Control Prestacional, sin formular observaciones en lo atinente a sus respectivas incumbencias.

Que habiendo reunido la entidad, las condiciones exigidas para su inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE ENTIDADES DE MEDICINA PREPAGA -RNEMP- y manifestado expresamente su voluntad de inscribirse en el REGISTRO NACIONAL DE AGENTES DEL SEGURO -RNAS- con encuadre en el inciso i) del artículo 1º de la Ley Nº 23.660, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 6º del Anexo I del Decreto Nº 576/1993 (sustituido por el art. 4º del Decreto Nº 171/2024), corresponde proceder a lo solicitado.

Que a los efectos señalados “in fine” del considerando precedente, corresponde instruir a la COORDINACIÓN DE REGISTRO DE AGENTES DEL SEGURO a proceder, de forma inmediata, con la continuidad del trámite de inscripción de la entidad en el REGISTRO NACIONAL DE AGENTES DEL SEGURO -RNAS-, a cuyo fin se darán por cumplidos -en lo pertinente- los recaudos exigidos por la Resolución Nº 232/2024-SSSALUD cuyas constancias obren en el expediente del VISTO, y se requerirán los faltantes.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia General tomaron la intervención de sus respectivas competencias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615 del 23 de diciembre de 1996 y N° 83 del 24 de enero de 2024.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Inscríbase a la entidad denominada MEDYCIN ARGENTINO S.A. en el REGISTRO NACIONAL DE ENTIDADES DE MEDICINA PREPAGA -RNEMP- de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, en los términos del inciso b) 1. del artículo 5° del Decreto Nº 1993/2011, con ámbito de actuación en la ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE.

ARTÍCULO 2°.- Otórgase a MEDYCIN ARGENTINO S.A. autorización para funcionar en los términos y con los alcances previstos en el inciso e) del artículo 5º de la Ley 26.682 y su reglamentación, inciso e) del artículo 5º del Decreto Nº 1993/2012.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese el ejemplar de estatuto social que luce a orden 13 del Expediente del VISTO y la nómina de autoridades vigentes que componen el órgano de conducción y sus respectivos períodos de mandato.

ARTÍCULO 4º.- Instrúyese a la COORDINACIÓN DE REGISTRO DE AGENTES DEL SEGURO para que, en forma inmediata, proceda con la continuidad del trámite de inscripción de la entidad MEDYCIN ARGENTINO S.A. en el REGISTRO NACIONAL DE AGENTES DEL SEGURO -RNAS- con encuadre en el inciso i) del artículo 1º de la Ley 23.660; ello con sustento en los considerandos que anteceden.

ARTÍCULO 5º.- Intímase a entidad MEDYCIN ARGENTINO S.A. a dar cumplimiento al artículo 2º de la Resolución Nº 1950/2021-SSSALUD.

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y fecho, pase a la COORDINACIÓN DE REGISTRO DE AGENTES DEL SEGURO para que proceda a gestionar el número de inscripción de la entidad en el REGISTRO NACIONAL DE ENTIDADES DE MEDICINA PREPAGA -RNEMP-, formar el legajo respectivo y proceder en los términos de la instrucción impartida en el artículo 4º de la presente.

Gabriel Gonzalo Oriolo

e. 27/03/2025 N° 18034/25 v. 27/03/2025

Fecha de publicación 27/03/2025