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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 129/2025

RESOL-2025-129-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2025

VISTO el Expediente N° EX-2023-40728398-APN-SE#MEC, los Decretos Nros. 140 de fecha 21 de diciembre de 2007, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 5 de fecha 6 de enero de 2023, 418 de fecha 22 de mayo de 2023, 864 de fecha 26 de octubre de 2023 y 595 de fecha 19 de diciembre de 2024, todas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 140 de fecha 21 de diciembre de 2007 se declaró de interés y prioridad nacional el uso racional y eficiente de la energía y se aprobaron los lineamientos del PROGRAMA NACIONAL DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGÍA (PRONUREE), destinado a contribuir y mejorar la eficiencia energética de los distintos sectores consumidores de energía.

Que por el Artículo 3° del Decreto N° 140/07 se instruyó esta Secretaría entonces del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS a implementar el PRONUREE sobre la base de los lineamientos aprobados en el referido decreto, el que debe contemplar, entre otras acciones, la promoción del uso racional y eficiente de la energía a través de la concientización de la población y del desarrollo de campañas de difusión.

Que en el Apartado 2.9 del Anexo I del Decreto N° 140/07 se dispusieron las medidas a implementar en el mediano y largo plazo, entre las cuales se previó iniciar las gestiones conducentes para el diseño de un sistema de certificación energética de viviendas y establecer índices máximos de consumo, tanto de energía eléctrica como de energía térmica.

Que mediante la Resolución N° 5 de fecha 6 de enero de 2023 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se creó el Programa Nacional de Etiquetado de Viviendas (PRONEV), con el objetivo general de implementar un sistema de etiquetado de eficiencia energética de vivienda unificado para todo el territorio nacional, que permita clasificarlas según su grado de eficiencia en el requerimiento global de energía primaria, mediante una etiqueta de eficiencia energética.

Que mediante el Artículo 2° de la precitada norma, se creó el Aplicativo Informático Nacional de Etiquetado de Viviendas (AEV), diseñado para realizar la carga de datos de una vivienda y emitir la Etiqueta de Eficiencia Energética, el cual funciona bajo la órbita de la Dirección Nacional de Generación Eléctrica de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría.

Que asimismo, por el Artículo 4° de la citada resolución se invitó a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a celebrar convenios con la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, para la implementación del PRONEV, destinado a promover la eficiencia energética en todo el territorio nacional, a fin de que puedan utilizar el AEV para sus planificaciones urbanas y brindarles referencia para los estándares mínimos en sus Códigos de Edificación.

Que mediante la Resolución N° 418 de fecha 22 de mayo de 2023 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aprobó el procedimiento a seguir para la implementación del PRONEV en sus distintas etapas, se enumeraron las partes intervinientes en el proceso, así como la definición de los principales aspectos del programa como la etiqueta de eficiencia energética, el aplicativo informático nacional y los cursos de etiquetado de viviendas.

Que, asimismo, mediante la Resolución N° 418/23 se creó el Registro Nacional del PRONEV, compuesto por los Registros Nacionales de Etiquetas de Viviendas, de Etiquetadores de Viviendas, de Formadores de Etiquetadores de Viviendas y de Auditores de Etiquetas de Viviendas.

Que a través de la Resolución N° 864 de fecha 26 de octubre de 2023 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aprobó el Protocolo de Presentación de Materiales y Equipos, en el marco del PRONEV, que como Anexo N° IF-2023-109170571-APN-DNGE#ME, forma parte integrante de la citada medida.

Que, a los fines de actualizar la implementación del PRONEV, mediante la Resolución N° 595 de fecha 19 de diciembre de 2024 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se regularon las etapas para su instrumentación, se ampliaron las partes intervinientes en el PRONEV, se reglamentó el dictado de cursos para etiquetadores, formadores de etiquetadores, y se introdujo la figura de auditores para mejorar el control de la actividad, incluyendo el dictado de cursos para auditores del PRONEV.

Que, a tales efectos, por la Resolución N° 595/24 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, se sustituyeron los Anexos I (IF-2023-51917607-APN-DNGE#MEC), II (IF-2023-51918635-APN-DNGE#MEC) y III (IF-2023-51918056-APN-DNGE#MEC) de la Resolución N° 418/23 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, por los Anexos I (IF-2024-112123063-APN-SSTYPE#MEC); II (IF-2024-112123045-APN-SSTYPE#MEC); y III (IF-2024-112123080-APN-SSTYPE#MEC), respectivamente.

Que uno de los ejes primordiales de gestión de la SUBSECRETARÍA DE TRANSICIÓN Y PLANEAMIENTO ENERGÉTICO de esta Secretaría, es la instrumentación de medidas de eficiencia energética, por lo cual resulta necesario actualizar el procedimiento de implementación del PRONEV.

Que, para ello corresponde incorporar la “Guía para la presentación de materiales y equipos PRONEV” que actualice el procedimiento para la presentación de materiales y equipos con el objeto de revisar y/o actualizar el Índice de Prestaciones Energéticas (IPE) utilizado en el cálculo para el etiquetado de viviendas residenciales, la cual se incorpora como Anexo IV (IF-2025-25209349-APN-SSTYPE#MEC) de la citada Resolución N° 595/24.

Que la autorización de materiales y equipos deberá emanar de un acto administrativo expreso de la SUBSECRETARÍA DE TRANSICIÓN Y PLANEAMIENTO ENERGÉTICO, debido a que influye en la evaluación del desempeño energético de las viviendas residenciales, y dicha evaluación puede afectar la seguridad y el bienestar de sus habitantes, por lo que es crucial garantizar la transparencia y trazabilidad de la información utilizada.

Que, en atención a lo expuesto el Protocolo de Presentación de Materiales y Equipos que como Anexo (IF-2023-109170571-APN-DNGE#MEC) forma parte integrante de la Resolución N° 864/2023 de la SECRETARIA DE ENERGÍA ha quedado desactualizado y por lo tanto corresponde derogar la citada resolución.

Que la SUBSECRETARÍA DE TRANSICIÓN Y PLANEAMIENTO ENERGÉTICO de esta Secretaría ha tomado la intervención que le compete.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades que surgen de lo dispuesto por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Incorpórase como Anexo IV de la Resolución N° 595 de fecha 19 de diciembre de 2024 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la “Guía para la presentación de materiales y equipos PRONEV”, que como Anexo (IF-2025-25209349-APN-SSTYPE#MEC) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- La autorización de los materiales y equipos presentados conforme al procedimiento establecido en la Guía que como Anexo IV (IF-2025-25209349-APN-SSTYPE#MEC) se incorpora a la Resolución N° 595/24 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, deberá emanar de un acto administrativo expreso de la SUBSECRETARÍA DE TRANSICIÓN Y PLANEAMIENTO ENERGÉTICO, debido a que influye en la evaluación del desempeño energético de las viviendas residenciales, y la referida evaluación puede afectar la seguridad y el bienestar de sus habitantes, por lo cual es necesario garantizar la transparencia y trazabilidad de la información utilizada.

ARTÍCULO 3°.- Derógase la Resolución N° 864 de fecha 26 de octubre de 2023 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por haber quedado desactualizado el Protocolo de Presentación de Materiales y Equipos que como Anexo (IF-2023-109170571-APN-DNGE#MEC) forma parte integrante de la citada medida.

ARTÍCULO 4°.- La presente resolución entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Carmen Tettamanti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/03/2025 N° 16726/25 v. 21/03/2025

Fecha de publicación 21/03/2025