INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 145/2025
RESOL-2025-145-APN-INCAA#SC
Ciudad de Buenos Aires, 12/03/2025
VISTO el EX-2025-22522376- -APN-SGRRHH#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, Nº 25.164, los Decretos N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, N° 1032 de fecha 3 de agosto de 2009, N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024 y N° 662 de fecha 23 de julio de 2024, la Resolución N° 1 de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA de fecha 8 de agosto de 2024 y la Resolución INCAA N° 28 de fecha 15 de noviembre de 2024, y
CONSIDERANDO
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es un ente público no estatal con funcionamiento en la órbita de la SECRETARIA DE CULTURA, de conformidad con el inciso c del Artículo 8° de la Ley N° 24.156.
Que como el resto de los organismos de la Administración Pública Nacional comenzó a partir de diciembre de 2023 un proceso de reorganización y reordenamiento general.
Que a tales efectos se han llevado adelante diversas medidas, entre las cuales se incluye la readecuación de la estructura organizativa con la supresión de Unidades Operativas y/o de determinadas acciones.
Que estas medidas de reestructuración significaron la finalización de contratos, en sus diversas modalidades, y el pase a situación de disponibilidad de agentes de la planta permanente.
Que no obstante ello, existe a la fecha un exceso de dotación de personal, conforme análisis efectuado por la debida autoridad de aplicación.
Que el Artículo 11 del Anexo aprobado por la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional N° 25.164 prevé que: “el personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por… medidas reducción por encontrarse excedida, conforme surja del informe fundado del órgano competente en la materia, la dotación óptima necesaria, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un período máximo de hasta doce (12) meses, conforme lo establezca la reglamentación”.
Que con fecha 23 de julio de 2024, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 662/2024, a través del cual se aprobó la “Reglamentación de la Ley de Fomento de la Actividad Cinematográfica Nacional N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias”, identificada como (IF-2024-70427581-APN-SC#MCH).
Que con el objeto de dotar de previsibilidad y seguridad jurídica a la aplicación del régimen establecido en la Ley 17.741, el Artículo 24 de dicha Reglamentación prevé que: “El Fondo de Fomento Cinematográfico, dentro de las consideraciones que se establecen en la ley, se aplicará a: a) Los gastos de personal, gastos generales e inversiones que demande el funcionamiento del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, que no podrán exceder el VEINTE POR CIENTO (20 %) del total de los recursos anuales percibidos”.
Que la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA aprobó por RESOL-2024-1-APN-STEYFP#MDYTE el “Régimen de Personal en Situación de Disponibilidad”.
Que regulado ello, efectuada la evaluación correspondiente teniendo en consideración los distintos aspectos expuestos, y con el informe de análisis de dotación pertinente, incorporado a las actuaciones mencionadas en el VISTO, por Resolución INCAA Nº 28/2024 se dio inicio a la readecuación de la dotación.
Que a fin de continuar con el debido proceso de adecuación debe procederse con el pase a situación de disponibilidad de nuevos agentes.
Que en cumplimiento del Artículo 6° del ANEXO aprobado por la Resolución RESOL-2024-1-APN-STEYFP#MDYTE, debe dictarse el acto administrativo pertinente.
Que a los fines de la confección de la nómina se han efectuado los relevamientos debidos respecto del personal excluido.
Que la GERENCIA GENERAL, GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES y SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS han tomado la intervención de competencia a estos efectos.
Que las facultades y competencias para el dictado del presente acto se encuentran comprendidas en la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y en los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Continuar con el proceso de readecuación de personal por encontrarse excedida la dotación óptima necesaria, de conformidad con lo previsto en el Artículo 11 de la Ley N° 25.164, su Decreto Reglamentario N° 1421/2002 y la RESOL-2024-1-APN-STEYFP#MDYTE.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar, con fundamento en los considerandos de la presente medida (DOTACIÓN ÓPTIMA) el pase a SITUACIÓN DE DISPONIBILIDAD de los agentes de la planta permanente del INCAA que se detallan en el ANEXO N° IF-2025-23577665-APN-GG#INCAA, el que a todos los efectos forma parte integrante de este acto.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida tendrá vigencia a partir del día siguiente a su publicación.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Luis Pirovano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/03/2025 N° 14888/25 v. 14/03/2025
Fecha de publicación 14/03/2025