COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE
Disposición 2/2025
DISFC-2025-2-APN-DE#CNA
Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2025
Visto el EX-2025-22077593- -APN-DE#CNA, la Ley N° 26.912 y sus modificatorias,
y CONSIDERANDO:
Que, por conducto de la Ley N° 26.161, se aprobó la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, adoptada en la 33° Reunión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura -UNESCO-, llevada a cabo el 19 de octubre de 2005.
Que, en consonancia con los compromisos asumidos por la REPÚBLICA ARGENTINA, en materia de lucha y prevención del dopaje en el deporte, por el artículo 79, del Capítulo I, Título IV de la Ley N° 26.912, modificada por las Leyes N° 27.109, N° 27.434 y N° 27.438, se creó la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la cual tiene a su cargo las funciones de organización nacional antidopaje, definidas en el Apéndice 1 del Código Mundial Antidopaje.
Que, por el artículo 81 de la Ley No 26.912 y sus modificatorias, se estableció que la citada COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, estará dirigida y administrada por un (1) Directorio Ejecutivo, que entenderá en el cumplimiento de los objetivos de la citada Comisión previstos en el artículo 80 de la referida ley y de las demás funciones asignadas a ella en dicho régimen, integrada por un (1) Presidente, un (1) Secretario, un (1) Tesorero y tres (3) Vocales; y por un (1) CONSEJO CONSULTIVO, que colaborará en la elaboración de políticas de prevención del dopaje en el deporte, de lucha contra el dopaje en el deporte sobre la base del principio del juego limpio y de protección de la salud de los que participan en las competencias.
Que, el artículo 1 del Decreto N° 649/18, define que esta Comisión Nacional Antidopaje actúa como una organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, de acuerdo al régimen establecido en el inciso c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias.
Que por los Decretos N° 837/22 y 39/2025, se designaron los miembros del Directorio Ejecutivo, integrado porUN (1) Presidente, UN (1) Secretario, UN (1) Tesorero y TRES (3) Vocales.
Que, por disposición DISFC-2023-71-APN-DE#CNA con fecha del 28 de agosto de 2023, se asignó a partir del 31 de julio de 2023, a SILVINA LARA VALOPPI como Vocal de la Vocalía de Control e Investigación.
Que, a efectos de dar cumplimiento a las funciones primarias de la Comisión Nacional Antidopaje, garantizando la continuidad de las tareas de control y prevención en materia de lucha contra el dopaje en el deporte, resulta necesario adoptar medidas conducentes para efectuar la toma de muestras de control de dopaje a diferentes deportistas, tanto dentro como fuera de competencia, conforme el Plan Anual de Toma de Muestras de la Comisión Nacional Antidopaje de acuerdo con la normativa internacional.
Que, conforme la normativa internacional vigente en la materia de la Agencia Mundial Antidopaje (WADA/AMA), las muestras de control de dopaje se llevan a cabo por parte de Oficiales de Control de Dopaje (OCD), quienes previamente deben cumplimentar y aprobar una instancia de capacitación y práctica. Los OCD, que, asimismo, realicen controles de dopaje mediante extracción de sangre, denominados BCO, deben contar con título habilitante emitido por autoridad nacional o local competentes (médico/ca, técnico/a de laboratorio o enfermera/o, o extraccionista) para realizar venopunciones.
Que, por Acta de Directorio Ejecutivo N°106 (IF-2025-19249350-APN-DE#CNA), se aprobó la convocatoria y capacitación de aspirantes a OCD y/o BCO, con el fin de llevar a cabo el proceso de acreditación y reacreditación de los mismos.
Que, atento a ello, lo establecido en los informes IF-2025-18544466-APN-VCEI#CNA e IF-2025-22127574-APN-VCEI#CNA, se encuentra detallado el cronograma, temario y modalidad del proceso de capacitación, cuyo objetivo es actualizar y reforzar los conocimientos y procedimientos relacionados con el control de dopaje.
Que, asimismo, dicho proceso de formación tiene como finalidad la capacitación de nuevos Oficiales de Control de Dopaje y la reacreditación de los mismo, quienes desempeñarán un rol fundamental en la recolección de muestras, tanto de orina como de sangre, en cumplimiento de los estándares y normativas vigentes en la materia.
Que, conforme surge de los informes identificados como IF-2025-18544466-APN-VCEI#CNA e IF-2025-22127574-APN-VCEI#CNA, la convocatoria para la inscripción se llevará a cabo los días 10, 11 y 12 de marzo de 2025, en tanto que las capacitaciones correspondientes tendrán lugar los días 11 y 12 de abril de 2025, bajo la organización de la Comisión Nacional Antidopaje, con el objeto de proceder a la acreditación y reacreditación de los Oficiales de Control de Dopaje (OCD y/o BCO).
Que la Tesorería de esta Comisión Nacional Antidopaje se encuentra vacante conforme surge de la nota N° NO-2025-20895577-APN-T#CNA.
Que, la Coordinación de ASUNTOS LEGALES Y CONTENCIOSOS de la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, ha tomado la intervención de su competencia.
Que, la presente, se dicta en virtud de las facultades previstas por la Ley N° 26.912 y sus modificatorias, y el artículo 1° del Decreto 649/18.
Por ello,
EL DIRECTORIO EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE
DISPONE:
ARTICULO 1°: - Aprobar la convocatoria para los días 10, 11 y 12 de marzo de 2025, a los fines de llevar a cabo el proceso de acreditación y reacreditación de los Oficiales de Control de Dopaje (OCD y/o BCO), conforme a lo establecido en los IF-2025-18544466-APN-VCEI#CNA e IF-2025-22127574-APN-VCEI#CNA.
ARTICULO 2°: - Aprobar las capacitaciones que serán brindadas los días 11 y 12 de abril de 2025 por la Comisión Nacional Antidopaje, para la acreditación y reacreditación de los Oficiales de Control de Dopaje (OCD y/o BCO), conforme a lo establecido en el IF-2025-18544466-APN-VCEI#CNA.
ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial República Argentina, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Silvina Lara Valoppi - Diego Lennon - Mariana Soledad Galván - Diego Grippo
NOTA: El Anexo IF-2025-18544466-APN-VCEI#CNA que integra/n este(a) Disposición se publica/n en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/03/2025 N° 13536/25 v. 10/03/2025
Fecha de publicación 10/03/2025