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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 151/2025

Resolución RESOL-2025-151-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1980

Expediente EX-2024-65861715-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 28 de FEBREO de 2025

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente requerido por la empresa CENTRAL TÉRMICA SAN ALONSO SOCIEDAD ANÓNIMA (CENTRAL TÉRMICA SAN ALONSO S.A.), para su Central Térmica a Biomasa San Alonso (CTBMSA) de 37 MW de capacidad, a conectárse al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de 132 kV de la Línea de Alta Tensión Rincón Santa María - Virasoro en la Estación Transformadora (ET) San Alonso, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NORESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNEA S.A.). 2.- Autorizar como Ampliación Menor la construcción de un campo de 132 kV en la ET San Alonso para la vinculación al SADI de la Central Térmica a Biomasa San Alonso. Esta autorización permite al solicitante emprender las obras mencionadas y dicha condición se informará en el Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución de la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE). 3.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará mediante un AVISO en la página web del ENRE, requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados a partir del día siguiente al de la última publicación efectuada, a fin que, quien lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del SADI o plantee observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 4.- Establecer que, en caso de registrarse oposición común a varios usuarios o la presentación de un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones al mismo, se convocará a Audiencia Pública para permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos. 5.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 3 del presente acto sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo superador, se considerará otorgado el acceso referido en el artículo 1 y se procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente de la página de Internet del ENRE e informar a las partes. 6.- El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y TRANSNEA S.A. 7.- Notifíquese a TRANSNEA S.A, a CENTRAL TÉRMICA SAN ALONSO S.A. y a CAMMESA. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Ing. Osvaldo Ernesto Rolando.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 06/03/2025 N° 12400/25 v. 06/03/2025

Fecha de publicación 06/03/2025