Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

Resolución 275/2025

RESOL-2025-275-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 27/02/2025

VISTO el EX-2025-19766862- -APN-UOPNR#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019 y N° 549 de fecha 19 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que ante la FISCALIA DE INSTRUCCIÓN de BELL VILLE (Tercera Circunscripción Judicial), Provincia de Córdoba, a cargo de la doctora Isabel REYNA, tramitan los autos caratulados “AVOCAMIENTO POR DESAPARICIÓN DE PERSONA –SJ- ACTUACIONES LABRADAS” Expediente SAC: 13618961.

Que la mencionada FISCALIA solicitó a este Ministerio, mediante oficio de fecha 27 de febrero de 2025, suscripto por la Prosecretaria Letrada doctora Eliana Roció WENK, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan dar con el PARADERO del menor de edad Lian Gael FLORES SORAIDE, Argentino, titular del D.N.I Nº 59.257.909, de tres años de edad, tez trigueña, cabello corto oscuro, ojos oscuros y de 0.90 mts. de altura aproximadamente, quien fue visto por última vez el día 22 de febrero de 2025, en Ballesteros Sud-(Campo de Bollo) – Unión – Provincia de Córdoba, desconociéndose su paradero al día de la fecha.

Que la presente recompensa se ofrece de manera adicional, en colaboración con la provincia de Córdoba.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime la titular de esta Cartera.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr dar con el paradero del menor de edad Lian Gael FLORES SORAIDE, Argentino, titular de D.N.I Nº 59.257.909, de tez trigueña, cabellos corto oscuro, ojos oscuros y de 0.90 mts. de altura aproximadamente quien fue visto por última vez el día 22 de febrero de 2025 en Ballesteros Sud-(Campo de Bollo) – Unión – Provincia de Córdoba y sobre quien se desconoce su paradero al día de la fecha.

ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a las Fuerzas Federales de Seguridad para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2025-21403249-APN-UGA#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su dictado.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Patricia Bullrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/02/2025 N° 12057/25 v. 28/02/2025

Fecha de publicación 28/02/2025