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Legislación y Avisos Oficiales
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR

Resolución 93/2025

RESOL-2025-93-APN-VGI#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 26/02/2025

VISTO el Expediente N° EX-2024-141616455- -APN-RENAPER#JGM de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de esta VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 17.671 y sus modificatorias, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 1501 de fecha 20 de octubre de 2009, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución N° 5 de fecha 4 de enero de 2024 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el inciso f) del artículo 5° de la Ley N° 17.671 y sus modificatorias, el Director Nacional de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, tiene entre sus atribuciones proponer las tasas para el cobro de los servicios que preste dicho organismo.

Que asimismo, el artículo 29 de la ley referida en el considerando precedente establece que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS percibirá por la expedición de documentos, certificados, testimonios, reproducciones, etcétera, las tasas que correspondan, proponiendo para su resolución, la actualización de las mismas, así como la inclusión o eliminación de conceptos.

Que el artículo 94 de la Ley N° 27.431 establece que los recursos que ingresen a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS en virtud de la prestación del servicio de validación de datos, identidad y biometría por vía web, de conformidad con los convenios que ésta suscriba, serán afectados a la modernización y fortalecimiento institucional.

Que a su vez, por el Decreto Nº 1501/09 se autorizó a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a utilizar tecnologías digitales en la identificación de los ciudadanos nacionales y extranjeros, como así también en la emisión del Documento Nacional de Identidad.

Que haciendo uso de la tecnología y de las diferentes aplicaciones informáticas desarrolladas por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, dicho organismo presta el servicio de validación de identidad, en tiempo real, a través del Sistema de Identidad Digital (SID).

Que a los fines de sostener la eficiente prestación de todos los servicios brindados por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, corresponde actualizar las tasas que se perciben por los mismos.

Que en tal sentido, se considera necesario dejar sin efecto el artículo 2° de la Resolución N° 5/24 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, por el que se aprobó el “CUADRO TARIFARIO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS aplicable en el Territorio Nacional”, que como Anexo N° IF-2023-154481041-APN-RENAPER#MI formó parte integrante de la citada medida, y aprobar el nuevo Cuadro Tarifario.

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias establece entre las competencias de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la de entender en la organización, conducción y control de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que los servicios jurídicos permanentes ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 5° inciso f) y 29 de la Ley N° 17.671 y sus modificatorias, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL VICEJEFE DE GABINETE DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto el artículo 2º de la Resolución Nº 5 de fecha 4 de enero de 2024 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el nuevo CUADRO TARIFARIO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de esta VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, aplicable en el Territorio Nacional, que como Anexo N° IF-2025-16154210-APN-RENAPER#JGM forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Lisandro Catalán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/02/2025 N° 11749/25 v. 28/02/2025

Fecha de publicación 28/02/2025