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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA ORÁN

Por desconocerse el domicilio, se cita a las personas que más abajo se detallan, para que en el perentorio plazo de tres (3) días hábiles administrativos se presenten a presenciar la verificación física de las mercaderías secuestradas en las mismas, conforme lo previsto en el Art. 1094 Inc. b) del Código Aduanero Ley 22.415, bajo apercibimiento de tener por confirmada las efectuadas sin derecho a reclamar el resultado de la misma, la cual se realizara en la sede de la Aduana de Oran, sita en Av. Palacios N° 830 Local 3 de la ciudad de Oran (Salta). Al propio tiempo se les cita para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles administrativos comparezcan en los Sumarios enumerados respectivamente a presentar defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán asimismo constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina (Art. 1001 C.A.), bajo apercibimiento del Art. 1004 C.A. Se les hace saber que de corresponder el pago de la multa minima y el abandono de la mercadería a favor del Estado para las que previeren pena de comiso, producirá la extinción de la acción penal aduanera, el antecedente no será registrado (Arts. 930/932 del C.A.). Asimismo se le hace saber que en caso de haber entre las mercaderías secuestradas, artículos de los indicados en el Art. 4° y 5° de la Ley 25.603, u otros, perecederos o cualquier otro tipo de mercadería cuya permanencia implicara peligro para su inalterabilidad o la de la contigua, se procederá de conformidad a las previsiones indicadas en la citada Ley 25.603 o en su caso conforme al capitulo Tercero, Titulo II, Sección V del Código Aduanero Ley 22.415.- JOSE LUIS OZORIO. Administrador Aduana de Orán.

SIGEASCNOMBREDNIMULTA EN PESOSARTICULO INFRACCION LEY 22.415
17746-370-2024SC76-477/2024/5VILTE ORTEGA LORENA PAOLAC.I. 10.683.090$12.553.099,05987
17748-361-2024SC76-430/2024/KFLORES JULIO HERNANDO37.721.555$1.107.983,28987
17748-388-2024SC76-413/2024/8MEJIAS IRMA GRACIELA20.644.100$1.274.845,45987
17749-20-2024SC76-460/2024/KSAAC DAVID SEBASTIAN33.165.032$2.997.018,00970
17746-334-2024SC76-464/2024/2CHAVARRIA LUIS MIGUEL95.998.535$1.572.570,68987
12702-139-2024SC76-456/2024/0CRUZ ESTEBAN JOSE24.140.910$4.332.450,00970
17746-324-2024SC76-447/2024/0VARGAS RAQUEL ELENA17.134.864$2.406.600,46985
17746-330-2024SC76-398/2024/7HURT JUAN JOSE31.933.314$9.032.392,50987
17746-322-2024SC76-443/2024/8HURT JUAN JOSE31.933.314$482.815,56985
17746-336-2024SC76-466/2024/9KIRCOFF VICENTE ANGEL16.107.417$3.676.796,92987
17748-381-2024SC76-401/2024/3SAMANIEGO INCA JOSE96.339.481$1.332.516,16987
17746-337-2024SC76-467/2024/7FUNES HUGO AGUSTIN20.285.491$554.732,80987
17749-21-2024SC76-461/2024/8BENITEZ RAMIREZ CALIXTO94.576.865$2.029.200,00970
17748-401-2024SC76-410/2024/3VILLAFAÑEZ SERGIO NORMANDO25.481.898$226.523,05987
17746-321-2024SC76-407/2024/8ANGELOFF GUSTAVO JAVIER35.686.834$1.149.227,94987

Jose Luis Ozorio, Administrador de Aduana.

e. 18/02/2025 N° 8688/25 v. 18/02/2025

Fecha de publicación 18/02/2025