AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA COLÓN
“-----Se pone en conocimiento de la Sra. Fortunata LUCERO DE PATIÑO (D.N.I. Nº 94.694.825), que en el marco de la Actuación Nº 17553-1-2020 (013-SC-133-2021/6) y mediante RESOL-2025-74-E-AFIP-ADCOLO#SDGOAI de fecha 23 de enero de 2025, se ha resuelto su CONDENA al COMISO de la mercadería en infracción y al pago de una MULTA igual a una (1) vez su valor en plaza, equivalente al importe de Pesos Trescientos Cuarenta y Dos Mil Quinientos Veintisiete con Cero Centavos ($342.527,00), por haber cometido la infracción prevista y penada en el art. 987 del Código Aduanero (Ley Nº 22.415.-) Se CONFIRMA la liquidación tributaria de Dólares Estadounidenses Dos Mil Novecientos Veinte con Cero Centavos (u$s2.920,00) formulada a fs. 23 en concepto de derechos de importación adeudados (arts. 782 y 783 del Cód. Aduanero.) Se PONE en conocimiento de la deudora nombrada que de no abonarse el importe de la multa y de los tributos dentro de los QUINCE (15) días de quedar ejecutoriada esta resolución, se dará inicio al procedimiento de ejecución de conformidad con lo previsto por los arts. 1122, siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22.415.-) Se le HACE SABER a la condenada que contra el presente pronunciamiento podrá interponer, en forma optativa, recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación o demanda contenciosa ante la Justicia Federal, dentro del plazo de quince (15) días hábiles a contar desde la publicación del presente, en los términos de los arts. 1132 y 1133 del Código Aduanero (Ley Nº 22.415.-) Firmado: Hugo Ramón MARSILLI – Administrador Aduana de Colón - Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 – COLÓN – ENTRE RÍOS”.
Marcelo Alejandro Molina, Jefe de División.
e. 17/02/2025 N° 8257/25 v. 17/02/2025
Fecha de publicación 17/02/2025