Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA COLÓN

“-----Se pone en conocimiento del Sr. Sergio Daniel SALISCHIKER (D.N.I. Nº 18.127.893), que en el marco de la Actuación Nº 12459-263-2018 (013-SC-71-2023/2) y mediante RESOL-2025-34-E-AFIP-ADCOLO#SDGOAI de fecha 15 de enero de 2025, se ha resuelto su CONDENA al COMISO de la mercadería en infracción y al pago de una MULTA que se gradúa en dos (2) veces su valor en plaza, obedeciendo a su condición de reincidente dada la existencia de dos antecedentes computables en el marco de los arts. 915 y 927/928 del Código Aduanero (fs. 49/51), equivalente al importe de Pesos Dos Millones Ciento Treinta y Seis Mil Doscientos Diecisiete con Setenta y Cuatro Centavos ($2.136.217,74), por haber cometido la infracción prevista y penada en el art. 985 del mismo cuerpo legal (Ley Nº 22.415.-) Se CONFIRMA la liquidación tributaria de Dólares Estadounidenses Veintiocho Mil Doscientos Sesenta y Seis con Sesenta y Tres Centavos (u$s28.266,63), formulada a fs. 43 en concepto de derechos de importación adeudados (conf. arts. 782 y 783 del Código Aduanero.) Se PONE en conocimiento del nombrado que de no abonarse el importe de la multa y los tributos dentro de los QUINCE (15) días de quedar ejecutoriada esta resolución, se dará inicio al procedimiento de ejecución de conformidad con lo previsto por los arts. 1122, siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22.415.-) Se le HACE SABER al condenado que contra el presente pronunciamiento podrá interponer, en forma optativa, recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación o demanda contenciosa ante la Justicia Federal, dentro del plazo de quince (15) días hábiles a contar desde la publicación del presente, en los términos de los arts. 1132 y 1133 del Código Aduanero (Ley Nº 22.415.-) DESTRÚYASE la mercadería involucrada de acuerdo con lo establecido en la parte final del art. 6º de la Ley Nº 25.603. Firmado: Hugo Ramón MARSILLI – Administrador Aduana de Colón - Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 – COLÓN – ENTRE RÍOS”.-

Marcelo Alejandro Molina, Jefe de División.

e. 17/02/2025 N° 8255/25 v. 17/02/2025

Fecha de publicación 17/02/2025