SECRETARÍA GENERAL
Resolución 67/2025
RESOL-2025-67-APN-SGP
Ciudad de Buenos Aires, 13/02/2025
VISTO el Expediente N.° EX-2024-56205140- -APN-CGD#SGP, la Ley Nº 25.603 y sus modificatorias, el Decreto Nº 1805 del 4 de diciembre de 2007, la Resolución Nº RESOL-2024-443-APN-SGP del 22 de agosto de 2024, dictada por esta SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Disposición N.° DI-2024-3-E-AFIP-ADNECO#SDGOAI del 5 de abril de 2024, dictada por la Aduana de Necochea, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición citada en el VISTO, se ha puesto a disposición de esta SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, un bien cuya situación encuadra en el artículo 5º de la Ley 25.603 y sus modificatorias, a saber: UN (1) vehículo tipo camión, marca SCANIA, modelo R480 LA4X2MNA, dominio P-9033-BDD, año de fabricación 2007, y chasis N° VLUR4X20009119243, estado “bueno”.
Que a través de la RESOL-2024-443-APN-SGP, esta SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, procedió a ceder sin cargo al Ministerio de Salud Pública, de la Provincia de La Rioja, en los términos del artículo 5º de la Ley Nº 25.603 y sus modificatorias, el bien comprendido en la Disposición N.° DI-2024-3-E-AFIP-ADNECO#SDGOAI, dictada por la Aduana de Necochea.
Que la citada Resolución fue debidamente publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA el 28 de agosto de 2024.
Que mediante la NO-2025-00205093-AFIP-DECEAD#DGADUA se solicita la asignación de un nuevo beneficiario por resultar el bien pendiente de retiro con su plazo de entrega vencido.
Que no causa ningún perjuicio al Ministerio de Salud Pública, de la Provincia de La Rioja, ni a terceros, dejar sin efecto la Resolución N° RESOL-2024-443-APN-SGP, en virtud del comportamiento de aquel organismo, el cual no retiró el bien cedido en el plazo otorgado por la ley.
Que conforme lo expuesto en los párrafos precedentes, se hace necesario dejar sin efecto la Resolución N° RESOL-2024-443-APN-SGP, dictada por esta SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría Legal de esta SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 9º de la Ley Nº 25.603 y sus modificatorias.
Por ello,
LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Resolución N° RESOL-2024-443-APN-SGP dictada por esta SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Karina Elizabeth Milei
e. 17/02/2025 N° 8415/25 v. 17/02/2025
Fecha de publicación 17/02/2025