SECRETARÍA DE CULTURA
Resolución 13/2025
RESOL-2025-13-APN-SC
Ciudad de Buenos Aires, 13/02/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2024-28286746- -APN-DGD#MC, la Ley Nº 17.648 y su Decreto Reglamentario Nº 5146 de fecha 12 de septiembre de 1969 y sus modificatorios, las Resoluciones Nº 181 de fecha 12 de mayo de 2016 y Nº 519 de fecha 4 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 17.648 establecen un régimen de fiscalización estatal permanente sobre la SOCIEDAD ARGENTINA DE AUTORES Y COMPOSITORES DE LA MUSICA (S.A.D.A.I.C.), en resguardo del patrimonio artístico musical y de la efectiva vigencia de los derechos autorales.
Que la citada Sociedad se encuentra sujeta a auditorias de Fiscalización y de Planillas, esta última a cargo de UN (1) Auditor de Planillas cuya facultad le compete a esta Secretaría, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º del Decreto Reglamentario Nº 5146/69 y sus modificatorios.
Que, Contador Publico Juan Andres GELLY Y OBES (D.N.I. No11.774.290) se ha desempeñado en tal función, según surge por lo dispuesto mediante la Resolución del entonces Ministerio de Cultura Nº 519/20.
Que conforme lo ha establecido la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (sentencia del 26 de octubre de 1989 recaída en autos “BUlTRAGO, Jorge c/Estado Nacional s/ordinario”, Fallos 312:2004), la relación que une a los Auditores de la SOCIEDAD ARGENTINA DE AUTORES Y COMPOSITORES DE MÚSICA con el Estado Nacional no es de empleo o función pública, sino de mandato, similar a la que rige a los representantes del Estado en ciertas sociedades comerciales; como tal, se halla regida por las normas del mandato adaptadas a los principios propios del derecho público, y resulta ajena, consecuentemente, al ámbito de la relación de empleo público. Por lo tanto, ese vínculo no se encuentra alcanzado por la garantía de la estabilidad que caracteriza a esta última.
Que por ello, resulta necesario prorrogar la designación dispuesta por Resolución Nº181/16 del entonces Ministerio de Cultura, prorrogada por Resolución Nº 519/20 con vencimiento al 13 de mayo del 2024, del Contador Publico Juan Andres GELLY Y OBES, hasta el 31 de enero de 2025.
Que en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 16 del decreto reglamentario, corresponde fijar la remuneración que percibirá el Auditor de Planillas conforme a pautas razonables que respeten el límite máximo contemplado en esa norma.
Que atento el rol tuitivo de los derechos de sus asociados que cumple la SOCIEDAD ARGENTINA DE AUTORES Y COMPOSITORES DE LA MUSICA (S.A.D.A.I.C.), resulta pertinente implementar medidas de control desde el ámbito estatal para que la función de fiscalización que debe llevar a cabo el Auditor de Planillas resulte eficaz y eficiente, ello particularmente, a través de la elaboración de informes y recomendaciones que coadyuven al correcto cumplimiento de las previsiones del artículo 13 del Decreto Nº 5146/69.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete en virtud del artículo 18º del Decreto 993/24.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 9º, 12 y 16 del Decreto 5146/69 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Dase por prorrogada, a partir del 14 de mayo de 2024 y hasta el 31 de enero de 2025, la designación del Contador Público Juan Andrés GELLY Y OBES (D.N.I. No11.774.290) en su calidad de Auditor de Planillas de SADAIC originalmente realizada por Resolución Nº181/16 y prorrogada por su par Nº 519/20, ambas del entonces Ministerio de Cultura.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que el Auditor de Planillas eleve a la SECRETARÍA DE CULTURA, UN (1) Informe final de las funciones realizadas en los términos del Artículo 13 del Decreto Reglamentario Nº 5146/69 y sus modificatorios, debiendo ser presentado por la MESA DE ENTRADAS de la citada Secretaría.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Leonardo Javier Cifelli
e. 17/02/2025 N° 8573/25 v. 17/02/2025
Fecha de publicación 17/02/2025