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30 de Abril de 2025

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CONTRATOS

Decreto 100/2025

DECTO-2025-100-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 14/02/2025

VISTO el Expediente N° EX-2024-136910331-APN-DGDA#MEC y el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5966/OC-AR propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5966/OC-AR el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Fortalecimiento de la Gestión Fiscal Federal”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA MILLONES (USD 60.000.000).

Que el objetivo general del citado Programa consiste en mejorar la eficiencia técnica del gasto público.

Que el objetivo específico del mencionado Programa es mejorar la eficiencia de los procesos y sistemas de gestión de recursos públicos.

Que el referido Programa se desarrollará a través de TRES (3) Componentes: 1) Mejora de los procesos de la gestión presupuestaria y financiera, 2) Modernización de la infraestructura tecnológica de apoyo a la gestión presupuestaria y financiera y 3) Apoyo a la administración financiera de las jurisdicciones subnacionales.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, a través de la SECRETARÍA DE HACIENDA, que tendrá la responsabilidad primaria en la materia para la implementación, supervisión y gestión técnica, en cumplimiento de las responsabilidades que le competen según la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 5966/OC-AR, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía y/o al señor Secretario de Finanzas en forma indistinta para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriban el Contrato de Préstamo BID N° 5966/OC-AR.

Que, asimismo, corresponde facultar al señor Ministro de Economía para que acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa de Fortalecimiento de la Gestión Fiscal Federal”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5966/OC-AR propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.

Que los servicios jurídicos permanentes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 53 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5966/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA MILLONES (USD 60.000.000), destinado a financiar el “Programa de Fortalecimiento de la Gestión Fiscal Federal” que como ANEXO I (IF-2025-07131673-APN-SSRFI#MEC) forma parte integrante del presente decreto. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida como ANEXO II (IF-2025-06136519-APN-SSRFI#MEC) las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo” y como ANEXO III (IF-2025-06136483-APN-SSRFI#MEC) las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo”.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a los funcionarios que este designe, y/o al señor Secretario de Finanzas a suscribir en forma indistinta, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID N° 5966/OC-AR y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 1° del presente decreto.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a los funcionarios que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID N° 5966/OC-AR, cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1° de esta medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Fortalecimiento de la Gestión Fiscal Federal” al MINISTERIO DE ECONOMÍA a través de la SECRETARÍA DE HACIENDA, que tendrá la responsabilidad primaria en la materia para la implementación, supervisión y gestión técnica, en cumplimiento de las responsabilidades que le competen según la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Guillermo Francos - Luis Andres Caputo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/02/2025 N° 8676/25 v. 17/02/2025

Fecha de publicación 17/02/2025