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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

Resolución 139/2024

RESOL-2024-139-APN-INAI#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2024

VISTO, el EX-2024-121128521-APN-INAI#JGM, la Ley 23302, las Resoluciones INAI Nº 624/08, Nº 737/14, RESOL-2016-113-APN-INAIMJ y RESOL-2023-347-APN-INAI#MJ, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 23302 de fecha 12 de noviembre del año 1985 crea en su artículo 5° el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS (INAI) como entidad descentralizada con participación indígena como organismo de aplicación de la presente ley.

Que la ley citada en el considerando anterior declara en su Artículo 1 “…de interés nacional la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país y su defensa y desarrollo para su plena participación en el proceso socioeconómico y cultura de la Nación…”

Que por Resolución INAI Nº 624/08, de fecha 12 de noviembre de 2008, se establece el Consejo de Participación Indígena (CPI) en la órbita del INAI, con el objeto de garantizar a los Pueblos Indígenas su participación y consulta en las políticas públicas y demás intereses que los afectan.

Que por Resolución INAI Nº 737/14, se aprobó el Reglamento de Funcionamiento del CPI del INAI, estableciendo una duracion de 3 años de los mandatos de sus representantes.

Que los Representantes del CPI del Pueblo QOM de la Provincia de SANTA FE, Sr. ALFREDO ANGEL (DNI.: 18.043.798) y Sr. WALTER ELIAS MOREYRA (DNI.: 35.754.785) fueron incorporados al CPI por medio de la RESOL-2016-113-APN-INAI#MJ de fecha 20 de octubre del 2019 y por lo tanto sus mandatos se encuentran vencidos.

Que, por lo expresado en el considerando anterior, el INAI procedió a dictar diferentes resoluciones que fueron prorrogando los mandatos vencidos, siendo la última de ella la RESOL-2023-347-APN-INAI#MJ, que prorrogó la duración de los mismos hasta el 31 de diciembre del año 2024.

Que a efectos de responder a la necesidad de renovar a los representante del CPI de las comunidades indígenas del Pueblo QOM de la provincia de SANTA FE, se ha realizado la Asamblea eleccionaria correspondiente, el 29 de noviembre del 2024, dando como resultado la elección como representantes ante el CPI al Sr. DARIO LUIS PEREYRA (DNI.: 25.555.748) y a la Sra. VIRGILIA DORA ASENCIO (DNI.: 32.398.722).

Que por lo tanto es necesario reconocer formalmente como integrante del CPI a la persona mencionada en el considerando anterior y dar de baja de estas funciones al Sr. ALFREDO ANGEL y al Sr. WALTER ELIAS MOREYRA.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INAI ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente de conformidad con las facultades emergentes de la Ley Nº 23.302 y su Decreto Reglamentario N° 155/89, y el Decreto Nº 308/2024.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Reconózcase como representantes por el pueblo QOM, de la Provincia de SANTA FE en el Consejo de Participación Indígena del INAI al Sr. DARIO LUIS PEREYRA (DNI.: 25.555.748) y a la Sra. VIRGILIA DORA ASENCIO (DNI.: 32.398.722) a partir del 29 de noviembre del 2024 y por tres años consecutivos.

ARTICULO 2°.- Dese de baja en sus funciones de representantes del pueblo QOM, de la Provincia de SANTA FE en el Consejo de Participacion Indigena del INAI al Sr. ALFREDO ANGEL (DNI.: 18.043.798) y al Sr. WALTER ELIAS MOREYRA (DNI.: 353754.785) a partir del 29 de noviembre del 2024 ARTICULO

3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Bernardo Avruj

e. 12/02/2025 N° 6163/25 v. 12/02/2025

Fecha de publicación 12/02/2025