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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE CULTURA

Resolución 11/2025

RESOL-2025-11-APN-SC

Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2025

VISTO el Expediente N° EX-2024-113010719- -APN-SSGA#MCH, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución N° 919 de fecha 8 de agosto de 2018 del registro del ex MINISTERIO DE CULTURA y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de los objetivos asignados a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el artículo 2° del Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, corresponde a la citada repartición: “Dirigir políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación (…) Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales, con criterio federal (…)”, y: “Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional y ampliar la participación ciudadana (…)”.

Que en el año 1911 se instituyó en la Ciudad de BUENOS AIRES, el Salón Anual de Pintura, Escultura, Arquitectura y Arte Decorativo —actualmente denominado SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES— el cual tiene por finalidad reconocer la trayectoria de los artistas visuales y promover la formación de artistas y espectadores, a través de la entrega de los Premios Nacionales a la Trayectoria Artística y los Premios del citado evento.

Que por Resolución M.C. N° 919/18 (RESOL-2018-919-APN-MC) y sus modificatorias se aprobó el Reglamento General del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES.

Que resulta necesario convocar a la presentación de postulaciones para el Premio Nacional a la Trayectoria Artística y a la presentación de propuestas de obras para los Premios de la Edición 112 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, de conformidad con las Bases y Condiciones de participación que, como ANEXO I (IF-2024-135488275-APN-PNA#MCH), forman parte integrante de la presente medida.

Que asimismo resulta adecuado fijar el valor de los premios de la Edición 112 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, conforme lo dispuesto por el ANEXO II (IF-2024-135496514-APN-PNA#MCH), que forma parte integrante de la presente medida.

Que el servicio jurídico permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia, en el marco del artículo 18 del Decreto N° 993 del 6 de noviembre de 2024.

Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias vigentes correspondientes a la prórroga de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, en los términos del Decreto N° 88/23, en virtud del Decreto N° 1131/24 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 3 del 15 de enero de 2025 (DA-2025-3-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto N° 392/86, artículo 1° inciso h), el Decreto N° 1344/07, sus modificatorios y complementarios, y en línea con los objetivos asignados a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN por el Decreto N° 50/19, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convocar a la Edición 112 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, de conformidad con las Bases y Condiciones de participación que, como ANEXO I (IF-2024-135488275-APN-PNA#MCH), forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Fijar el valor de los premios de la Edición 112 del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, conforme lo dispuesto en el ANEXO II (IF-2024-135496514-APN-PNA#MCH), que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto asignadas a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Leonardo Javier Cifelli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/02/2025 N° 7034/25 v. 11/02/2025

Fecha de publicación 11/02/2025