SECRETARÍA DE CULTURA
Resolución 10/2025
RESOL-2025-10-APN-SC
Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2025
VISTO el Expediente N° EX-2024-87506210- -APN-SSGA#MCH, las Leyes Nros. 22.520 y sus modificatorias, 25.164 y su Decreto reglamentario Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 27.701 y sus normas, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 8 de fecha 10 de diciembre de 2023, 958 de fecha de 25 de octubre de 2024, 989 de fecha de 5 de noviembre de 2024, 993 de fecha de 6 de noviembre de 2024 y 1131 de fecha 30 de diciembre de 2024, las Decisiones Administrativas Nros. 1428 de fecha 7 de agosto de 2020, 3 de fecha 15 de enero de 2025, las Resoluciones Nros. 1558 de fecha 10 de diciembre de 2018 de la entonces Secretaría de Gobierno de Cultura perteneciente al entonces Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, 1739 de fecha 12 de octubre de 2022 del entonces Ministerio de Cultura, 143 de fecha 16 de febrero 2023 del entonces Ministerio de Cultura, 20 de fecha 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° 1428/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE CULTURA.
Que a través del Decreto Nº 8/23 se sustituyó el Artículo 1º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 y sus modificatorios, incorporándose, entre otros, el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que, por el Decreto N° 1131/24 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2025 regirán en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, sus normas modificatorias y complementarias, vigente conforme el citado artículo 27, en los términos del Decreto N° 88 del 26 de diciembre de 2023.
Que por el Decreto N° 862/24 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el Decreto N° 989/24 se modificó en último término la Ley de Ministerios, suprimiendo las competencias asignadas al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO en todo lo concerniente a la cultura e incorporando la SECRETARÍA DE CULTURA como Secretaría Presidencial.
Que por el Decreto N° 993/24 se incorporó la conformación organizativa, objetivos y ámbito de actuación de la SECRETARÍA DE CULTURA en la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por la Resolución MC Nº 324/18 y su rectificatoria, la Resolución MECCYT N° 1558/18, se designó al arquitecto Tomás Ezequiel BONDONE (DNI Nº 16.838.797), en el cargo de Director del MUSEO NACIONAL ESTANCIA JESUÍTICA DE ALTA GRACIA Y CASA DEL VIRREY LINIERS dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MUSEOS de la ex SECRETARIA DE PATRIMONIO CULTURAL de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del ex MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, actual SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL perteneciente a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en el cargo vacante y financiado perteneciente a la Planta Permanente del Agrupamiento Profesional, Nivel B, Grado 0, Tramo General, Función Ejecutiva III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/2008 y sus modificatorios, por haber resultado elegido de la terna definitiva del llamado a concurso mediante Convocatoria Ordinaria y Abierta, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público.
Que en virtud de la Resolución Ministerial N° 1739/22 se procedió a aprobar lo actuado por el Comité de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito respecto de la postulación del arquitecto Tomás Ezequiel BONDONE (DNI Nº 16.838.797), en UN (1) cargo de Planta Permanente del Agrupamiento Profesional, Nivel A, Grado 1, Tramo General, función de Gestor de Colecciones con orientación en Bienes Culturales actualmente perteneciente a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ratificando la asignación de la Función Ejecutiva III.
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 143/23 y conforme a lo establecido en el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, se procedió a la promoción horizontal del señor BONDONE quien reviste en UN (1) cargo de Planta Permanente del Agrupamiento Profesional, a un Grado 2 de su Nivel A, Tramo General, función de Gestor de Colecciones con orientación en Bienes Culturales.
Que el cargo de Director del MUSEO NACIONAL ESTANCIA JESUÍTICA DE ALTA GRACIA Y CASA DEL VIRREY LINIERS dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MUSEOS Y GESTIÓN PATRIMONIAL de la SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL perteneciente a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B, con Función Ejecutiva Nivel III, se encuentra vacante.
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde proceder a la asignación transitoria de las funciones de Director del MUSEO NACIONAL ESTANCIA JESUÍTICA DE ALTA GRACIA Y CASA DEL VIRREY LINIERS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MUSEOS Y GESTIÓN PATRIMONIAL perteneciente a la SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al arquitecto Tomás Ezequiel BONDONE (DNI N° 16.838.797), quien reviste en UN (1) cargo perteneciente a la Planta Permanente, Nivel A, Grado 2, Agrupamiento Profesional, Tramo General, función de Gestor de Colecciones con orientación en Bienes Culturales perteneciente a la actual SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que atento a la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Unidad Organizativa y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la Jurisdicción, resulta necesario proceder a la asignación de funciones con carácter transitorio en el mencionado cargo, en los términos del Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/2008 y sus modificatorios, y del Artículo 15, inciso a), del Anexo I al Decreto Nº 1421/2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Que el artículo 108 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/2008 y sus modificatorios, establece que la subrogancia recaerá en el personal que reviste en calidad de permanente y goce de estabilidad, por alguna de las causas que allí establece.
Que la persona propuesta en cuestión posee la idoneidad y el mérito suficientes para desempeñar dicha función de dirección.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el artículo 2º del Decreto Nº 958/24 faculta al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre otras cuestiones, a disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones.
Que la presente medida se ha enmarcado conforme los lineamientos establecidos por la Resolución N° 20/24 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, ambas dependientes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO han tomado la intervención de su competencia.
Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que el servicio jurídico permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia, en el marco del artículo 18 del Decreto N° 993/24.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2º del Decreto Nº 958/2024.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar por asignadas transitoriamente, a partir del 10 de diciembre de 2023, las funciones de Director del MUSEO NACIONAL ESTANCIA JESUÍTICA DE ALTA GRACIA Y CASA DEL VIRREY LINIERS dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MUSEOS Y GESTIÓN PATRIMONIAL perteneciente a la SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL de la SECRETARÍA DE CULTURA, Nivel B, Grado 0, Tramo General del SINEP, Función Ejecutiva III, al arquitecto Tomás Ezequiel BONDONE (DNI Nº 16.838.797), quien revista UN (1) cargo de Planta Permanente, Nivel A, Grado 2, Agrupamiento Profesional, Tramo General, función de Gestor de Colecciones con orientación en Bienes Culturales de la actual SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), en los términos del Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 2°.- La medida se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo dispuesto por los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.
El agente mencionado percibirá, mientras dure en el ejercicio de las funciones señaladas, la Asignación Básica de Nivel Escalafonario con los Adicionales por Grado y Tramo correspondientes a su situación de revista, con más el Suplemento por Función Ejecutiva III, conforme lo dispuesto en el artículo 109 del Convenio Colectivo citado.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN 20, SUBJURISDICCIÓN 14 – PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Comunicase a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, dentro de los CINCO (5) días de dictado, conforme lo dispuesto por el artículo 4° del Decreto N° 958/24.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Leonardo Javier Cifelli
e. 11/02/2025 N° 7017/25 v. 11/02/2025
Fecha de publicación 11/02/2025