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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA TUCUMÁN

EDICTO

Por tratarse de mercaderías cuyos propietarios se desconocen y encontrarse las mismas en las condiciones previstas en el artículo 417 de la Ley 22.415 vinculadas a Denuncias que tramitan por ante la Jurisdicción de la División Aduana de Tucumán. En los términos de las Leyes 25.603 y 25.986, se procede a anunciar la existencia y situación jurídica de las mismas durante un (1) día, cuya descripción se encuentra individualizada en la planilla anexa que acompaña al presente y que se encuentran a disposición de los interesados en la División Aduana de Tucumán. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2º, 3º, 4º y 5º de la Ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna, destinación aduanera de las mismas, presentarse en la sede de ésta Aduana sita en calle San Martín Nros.608 / 610 3er. Y 4to. Piso, de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en la Provincia de Tucumán. Quedan ustedes notificados. Firmado: Abg. Osvaldo Javier Acosta - Administrador - División Aduana de Tucumán.

Osvaldo Javier Acosta, Administrador de Aduana.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 10/02/2025 N° 6460/25 v. 10/02/2025

Fecha de publicación 10/02/2025