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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Disposición 218/2025

DISFC-2025-218-APN-PNA#MSG

Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2025

Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, mediante el expediente electrónico EX-2023-135497390-APN-DPSN#PNA, lo analizado por la Dirección de Planeamiento, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de su gestión, la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación entiende en todo lo relacionado con la aplicación de las leyes y reglamentaciones que rigen la navegación, especialmente en lo concerniente a la seguridad de la navegación y del buque y salvaguarda de la vida humana en las aguas navegables de la Nación.

Que la Ordenanza N° 3/02 (DPSN) del TOMO 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE” titulada “NORMAS DE CONSTRUCCIÓN PARA BUQUES Y ARTEFACTOS NAVALES”, tiene por objeto normalizar el uso de los materiales aptos para la construcción naval y los requisitos que estos deben cumplir.

Que la citada Dirección, promueve la actualización de la normativa nacional de referencia, con el objeto de alinearla a las “Enmiendas al Código Internacional para la Construcción y el Equipo de Buques que Transporten Gases Licuados a Granel (Código CIG)” y al “Código Internacional de Seguridad para los Buques que utilicen gases u otros combustibles de bajo punto de inflamación (Código IGF)”, de la Organización Marítima Internacional (OMI).

Que los mencionados Códigos CIG y IGF, entraron en vigor a través de las Resoluciones MSC.523 (106) y MSC.524 (106) respectivamente.

Que la Dirección de Planeamiento, como organismo rector en la administración del sistema reglamentario de la Prefectura Naval Argentina, analizó la propuesta verificando el cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Que, por otra parte, a nivel nacional mediante el Decreto N° 891/2017, se aprobaron las “BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al Sector Público Nacional, entre cuyos objetivos, está el de garantizar la mejora continua de los procesos, circunstancia a la cual se adapta la presente modificación.

Que la Resolución N° 390/2018 del Ministerio de Seguridad, establece los “PRINCIPIOS RECTORES DE LAS BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al MINISTERIO DE SEGURIDAD y las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

Que, la Asesoría Jurídica de la organización, se expidió mediante un Dictamen Jurídico registrado bajo el informe IF-2024-107724698-APN-PNAR#PNA.

Que esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto administrativo, de acuerdo con los preceptos del Artículo 5º, inciso a), apartado 2 y 11 de la Ley Nº 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval Argentina”.

Por ello,

EL PREFECTO NACIONAL NAVAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º. APRUÉBASE el Volante Rectificativo N° 1-2025 a la Ordenanza N° 3/02 (DPSN) del TOMO 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE” titulada “NORMAS DE CONSTRUCCIÓN PARA BUQUES Y ARTEFACTOS NAVALES”, que se adjunta como Anexo DI-2025-10930607-APN-DPLA#PNA y que forma parte de la presente Disposición.

ARTÍCULO 2º. La citada norma actualizada entrará en vigencia a partir de la fecha de la publicación del presente acto administrativo en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3º. Por la Dirección de Planeamiento, procédase a la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, la impresión de UN (1) ejemplar patrón y su actualización en el sitio oficial en internet de la Prefectura Naval Argentina.

ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo José Giménez Perez - Marcelo Adrian del Giorgio - Alejandro Paulo Annichini

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en https://www.argentina.gob.ar/prefecturanaval

e. 10/02/2025 N° 6509/25 v. 10/02/2025

Fecha de publicación 10/02/2025