Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 130/2025

Resolución RESOL-2025-130-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1977

Expediente EX-2024-90719806-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 6 de FEBRERO de 2025

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación del Sistema de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.), para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) de la obra de renovación de electroducto subterráneo de 220 kV entre el Puesto de Interconexión (PI) Malaver y la Subestación (SE) Malaver - cable 46; 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, a ser computados a partir del día siguiente al de la última publicación efectuada, para que, quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE; 3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes a otros usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir las mismas y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos; 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos indicados sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos, se considerará emitido el CCyNP y el ENRE procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución de su página web e informará a las partes; 5.- Hacer saber al solicitante que deberá dar cumplimiento a las indicaciones y requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA, por el Departamento Ambiental (DAM) y el Departamento de Seguridad Pública (DSP) del ENRE, conforme indica la documentación obrante en las presentes actuaciones, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI); 6.- Instruir a EDENOR S.A. a que, una vez otorgado el CCyNP, inicie ante el ENRE, en una nueva actuación, las tramitaciones para la constitución de la Servidumbre Administrativa de Electroducto (SAE) a su favor, conforme los términos de la Ley N° 19.552 y del artículo 83 de la Ley N° 24.065, siendo la responsable de acreditar el cumplimiento de las obligaciones que se derivan de los artículos 4 y 6 de la Ley N° 19.552, en lo atinente a la inscripción de la SAE en la dirección de catastro o registro de la propiedad inmueble que corresponda y a la notificación de los propietarios involucrados; 7.- Notifíquese a EDENOR S.A. y a CAMMESA; 8.- Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Ing. Osvaldo Ernesto Rolando.-.

Leandro Nicolas Palumbo, Asistente administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 10/02/2025 N° 6609/25 v. 10/02/2025

Fecha de publicación 10/02/2025