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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 75/2025

Resolución RESOL-2025-75-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1975

Expediente EX-2022-138949708-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 22 de ENERO de 2025

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente, requerido por la empresa AGRO INDUSTRIAS BAIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (AGRO INDUSTRIAS BAIRES S.A.), para el Parque Solar Fotovoltaico (PSFV) denominado Villa Ángela de 40 MW de potencia, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de 33 kV a instalaciones de MSU GREEN ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (MSU GREEN ENERGY S.A.U.), las cuales a su vez se vincularán a la Línea de Alta Tensión de 132 kV Chaco - Villa Ángela, jurisdicción de SERVICIOS ENERGÉTICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (SECHEEP). 2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados a partir del día siguiente al de la última publicación efectuada, a fin que, quien lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del SADI o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de registrarse oposición común a varios usuarios o la presentación de un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones al mismo, se convocará a Audiencia Pública para permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 del presente acto sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo superador, se considerará otorgado el acceso referido en el artículo 1 y se procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Accesos a la Capacidad de Transporte Existente de la página web del ENRE e informar a las partes. 5.- El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y SECHEEP, conforme indican sus respectivas presentaciones y anexos, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del SADI. 6.- AGRO INDUSTRIAS BAIRES S.A. y MSU GREEN ENERGY S.A.U. deberán acordar las condiciones en que se realizará la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) por parte de esta última. 7.- Notifíquese a SECHEEP, a AGRO INDUSTRIAS BAIRES S.A., a MSU GREEN ENERGY S.A.U. y a CAMMESA. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Ing. Osvaldo Ernesto Rolando.-

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 24/01/2025 N° 3427/25 v. 24/01/2025

Fecha de publicación 24/01/2025