MINISTERIO DE ECONOMÍA SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL
Disposición 4/2025
DI-2025-4-APN-SSPAYF#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 21/01/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2023-128154058- -APN-DGDYD#JGM, las Resoluciones Nros. 235 de fecha 6 de septiembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, y 132 de fecha 10 de noviembre de 2021 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 235 de fecha 6 de septiembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, se crea el “PROGRAMA BIOPRODUCTO ARGENTINO” en el ámbito de la ex - SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del citado ex - Ministerio.
Que por la Resolución Nº 132 de fecha 10 de noviembre de 2021 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se aprueba el Reglamento para el Otorgamiento del Derecho de Uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” y del “Certificado de Interés”.
Que el solicitante Juan Manuel FARINATI (M.I. N° 33.908.759), ha solicitado el Certificado de Interés “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, categoría Investigación para el bioproducto “Asgard, Gumpa, Guakamashi y Chickaboom”, con un contenido de biobasado del CIEN POR CIENTO (100%).
Que el Comité Asesor en Bioinsumos de Uso Agropecuario (CABUA) en su reunión de fecha 24 de octubre de 2023 se ha expedido al respecto, considerando que la solicitud es meritoria para el otorgamiento por única vez del Certificado de Interés “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, categoría Investigación.
Que el derecho de uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” que por la presente medida se otorga, es al efecto de indicar que el producto proviene de o es material biobasado y no implica la aprobación de venta comercial del producto o sus derivados, debiendo tramitarse dicha aprobación conforme la normativa vigente.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y por las citadas Resoluciones Nros. 235/17 y 132/21.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase por única vez el Certificado de Interés “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, categoría Investigación al solicitante Juan Manuel FARINATI (M.I. N° 33.908.759), para el bioproducto “Asgard, Gumpa, Guakamashi y Chickaboom”.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que el bioproducto referido en el Artículo 1º de la presente medida contendrá un mínimo de material biobasado del CIEN POR CIENTO (100%).
ARTÍCULO 3º.- El derecho de uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” que por la presente medida se otorga, es al efecto de indicar que el producto proviene de o es material biobasado. En consecuencia, la puesta en el mercado del producto o sus derivados deberán tramitarse ante los organismos que correspondan conforme la normativa vigente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Manuel Jose Chiappe Berisso
e. 23/01/2025 N° 3318/25 v. 23/01/2025
Fecha de publicación 23/01/2025