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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Resolución 1/2025

RESOL-2025-1-APN-SICYT#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 22/01/2025

VISTO el Expediente EX-2025-04928132- -APN-DDYGDICYT#JGM, el Decreto N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución N° 195 de fecha 12 de mayo de 2022 del entonces MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN y la Disposición N° 62 de fecha 27 de septiembre de 2016 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, el PODER EJECUTIVO NACIONAL instituyó el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.

Que mediante el Decreto N° 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, se aprobó el “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 39 “in fine” del precitado Decreto N° 1.023/01 y sus modificatorios.

Que a través del Decreto N° 1.030/16 y sus modificatorios se estableció la aplicación obligatoria de sus disposiciones a todos los procedimientos de contratación en los que sean parte las jurisdicciones y entidades comprendidas en el inciso a) del Artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones.

Que el Artículo 62 del Anexo del Decreto N° 1.030/16 y sus modificatorios, dispone la forma de designación de los integrantes de las Comisiones Evaluadoras, estipulándose que los mismos deberán ser designados mediante un acto administrativo emanado de la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad contratante o de la autoridad competente para autorizar la convocatoria.

Que, asimismo, por el Artículo 63 del Decreto citado precedentemente se prevé que las Comisiones Evaluadoras deberán estar integradas por TRES (3) miembros titulares y sus respectivos suplentes.

Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 del Decreto N° 1.030/16 y sus modificatorios, las Comisiones Evaluadoras, tendrán como finalidad emitir su dictamen, el cual no tendrá carácter vinculante, que proporcionará a la autoridad competente los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual concluirá el procedimiento.

Que, por otro lado, a través del dictado de la Disposición N° 62 de fecha 27 de septiembre de 2016 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN se aprobó el “Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” para las contrataciones que se gestionen aplicando el Decreto N° 1.023/01 y sus modificatorios, y su Decreto Reglamentario N° 1.030/16 y sus modificatorios.

Que en los Artículos 27 a 33, Capítulo VII, Título II del Anexo I de la Disposición N° 62/16 de la Oficina Nacional de Contrataciones, atinente a la Comisión Evaluadora, se establecen las funciones que deberá realizar dicha Comisión.

Que conforme doctrina de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, Dictámenes ONC Nº 958/2012, 1014/2012, entre otros, “Una interpretación armónica, integral y sistemática, tanto de los regímenes reseñados como de los principios generales de razonabilidad y eficiencia consagrados en el artículo 3° del Decreto Delegado N° 1023/01, conducen a sostener que, en principio, nada impide que por razones operativas las jurisdicciones y entidades opten por designar una única Comisión Evaluadora de Ofertas y una única Comisión de Recepción para intervenir en la totalidad de los procedimientos de selección que lleven a cabo.”

Que, en ese sentido, a través del dictado de la Resolución N° 195 de fecha 12 de mayo de 2022 del entonces MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN se designaron los miembros permanentes, titulares y suplentes, de la Comisión Evaluadora del referido organismo, en los términos del Artículo 62 del mencionado Decreto N° 1.030/16 y sus modificatorios.

Que la presente medida se funda en la necesidad de renovar dicha integración a fin de garantizar la alternancia y asegurar el funcionamiento de la Comisión Evaluadora que fuera conformada mediante la citada Resolución.

Que las personas propuestas para integrar dicha Comisión reúnen los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para el desempeño de las funciones que se le encomiendan.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 62 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1.030/16 y el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Derógase el Artículo 1° de la Resolución N° 195 de fecha 12 de mayo de 2022 del ex MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

ARTÍCULO 2º.- Desígnanse como integrantes permanentes de la Comisión Evaluadora de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, correspondiente a la Unidad Operativa de Contrataciones 142 del SAF 336, en los términos del Artículo 62 del Anexo al Decreto N° 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, a Mariana Paula Fernández (D.N.I. N° 31.683.666), Antonella Yamila Di Flavio (D.N.I. N° 32.616.381) y Robert Alex Mitterreiter (DNI Nº 34.797.903) como miembros titulares, y Sebastián Antonio Alvarez (D.N.I. N° 31.750.562), Denis Ivan Delzart (D.N.I. N° 34.704.405) y Gabriel Emilio Arturi (D.N.I. N° 24.226.467) como miembros suplentes.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Darío Leandro Genua

e. 23/01/2025 N° 3335/25 v. 23/01/2025

Fecha de publicación 23/01/2025