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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

Disposición 16/2025

DI-2025-16-E-AFIP-ARCA

Ciudad de Buenos Aires, 14/01/2025

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-04022299- -AFIP-SECTDVADDO#SDGRHH y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024 se disolvió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y se creó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) como ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Economía, transfiriéndosele los recursos, el personal, los bienes, el presupuesto vigente, los activos y el patrimonio, compromisos, derechos y obligaciones.

Que por la Disposición N° 111 (AFIP) del 14 de junio de 2022 y sus modificatorias, se aprobó la credencial identificatoria del personal de la entonces Administración Federal de Ingresos Públicos en formato digital, a los fines de su accesibilidad en dispositivos móviles, permitiendo la identificación del personal a través de la aplicación “Mi SARHA”, disponiendo su acceso con clave de seguridad a través del Sistema Único de Autenticación (SUA).

Que, asimismo, la aludida norma determinó que las autoridades superiores del Organismo tengan a disposición la credencial identificatoria en formato digital y en formato físico.

Que dicha credencial digital demostró ser un medio idóneo y seguro para la identificación del personal, aportando una mayor transparencia y sustentabilidad.

Que en virtud de los avances tecnológicos alcanzados en materia de comunicación e información, esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero viene promoviendo la utilización de canales electrónicos que aseguren la celeridad de los procesos, optimizando los circuitos administrativos, favoreciendo la despapelización y mejorando la disponibilidad, actualización y almacenamiento de la información.

Que, conforme lo expresado y en miras a la continuidad del proceso integral de digitalización de los trámites en materia de recursos humanos, resulta pertinente modificar la Disposición N° 111/22 (AFIP) y sus modificatorias, a fin de prescindir de la disponibilidad para las autoridades superiores de la credencial identificatoria en formato físico.

Que, por otra parte, teniendo en cuenta lo dispuesto en el decreto citado en el primer párrafo de este Considerando y a los fines de su utilización en operatorias internas, así como en su vinculación con los administrados y terceros, corresponde adecuar el diseño de la credencial a la nueva identidad visual de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero, razón por la que se propicia sustituir el Anexo II de la disposición en trato.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Personal, y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Sistemas y Telecomunicaciones.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y por el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Modificar la Disposición N° 111 (AFIP) del 14 de junio de 2022 y sus modificatorias, en la forma que se indica a continuación:

a) Sustituir el artículo 8°, por el siguiente:

“ARTÍCULO 8°.- Determinar que las autoridades superiores de este Organismo tendrán a su disposición la credencial identificatoria en formato digital, al igual que el resto del personal.”.

b) Sustituir el Anexo II (IF-2025-00059973-AFIP-SGDADVCOAD#SDGPCI), por el que se aprueba y forma parte de la presente.

c) Eliminar el Anexo VII.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que toda referencia efectuada a la Administración Federal de Ingresos Públicos en la Disposición N° 111/22 (AFIP) y sus modificatorias, deberá entenderse realizada a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.

ARTÍCULO 3°.- Esta norma entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Juan Alberto Pazo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/01/2025 N° 2182/25 v. 16/01/2025

Fecha de publicación 16/01/2025