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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Disposición 1/2025

DI-2025-1-APN-TGN#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2025

Visto el expediente EX-2024-141104461-APN-DGDA#MEC, la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, los decretos 1344 del 4 de octubre de 2007, 668 del 4 de diciembre de 2023, 70 del 20 de diciembre de 2023y 747 del 20 de agosto de 2024, la disposición 2 del 31 de marzo del 2022 de la Tesorería General de la Nación dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 78 del anexo al decreto 1344 del 4 de octubre de 2007, reglamentario de la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, regula aspectos vinculados a la apertura, mantenimiento, registro y cierre de las cuentas bancarias de los organismos enumerados en el artículo 8° de dicha ley.

Que el artículo 9° del decreto 668 del 4 de diciembre de 2023, sustituye el artículo 78 del Anexo al decreto 1344/2007 introduciendo adecuaciones en los plazos y requisitos para los trámites allí normados.

Que por otra parte, el decreto 747 del 20 de agosto de 2024, en el marco de lo dispuesto por el artículo 50 del decreto 70 del 20 de diciembre de 2023, establece que las empresas en las que el Estado Nacional sea parte accionista, no gozarán de ninguna prerrogativa de derecho público, no pudiendo disponer de ventajas en la contratación o en la compra de bienes y servicios ni priorizar u otorgar beneficios de ningún tipo, alcance o carácter en ninguna relación jurídica en la que intervenga.

Que consecuentemente, el citado decreto 747/2024 deroga el decreto 1187 del 17 de julio de 2012 por el que se establecía la obligación de implementar el pago de haberes al personal de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8°, inciso a) de la ley 24.156 a través del Banco de la Nación Argentina mediante la celebración de un convenio interadministrativo.

Que en ese marco, resulta oportuno actualizar el anexo a la disposición 2 del 31 de marzo de 2022 de la Tesorería General de la Nación dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, como así también los modelos de nota adjuntos al mismo.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado intervención conforme a sus competencias.

Que la presente disposición se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 73 de la ley 24.156.

Por ello,

EL TESORERO GENERAL DE LA NACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1.º- Sustituir el Anexo “Procedimiento para Autorizar la Apertura, Modificación y Cierre de Cuentas Oficiales” de la disposición 2 del 31 de marzo de 2022 de la Tesorería General de la Nación dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, por el anexo (IF-2025-04107208-APN-TGN#MEC) que integra esta disposición.

ARTÍCULO 2.º- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Jorge Horacio Domper

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/01/2025 N° 1857/25 v. 15/01/2025

Fecha de publicación 15/01/2025