AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
EDICTO
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ... “Artículo 1º: Archivar la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería de los items del del Acta Lote “.... “en los términos de la citada Instrucción General Nº 02/2023 a la acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo deberá exigirse previo a la entrega, en caso de corresponder, la presentación de los Certificados o intervenciones de organismos competentes, conforme lo indicado por el verificador interviniente en el Acta de Verificación y Aforo, procediéndose en caso contrario conforme la normativa establecida por la Sección V Título II de la Ley Nº 22415. o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art.4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos.. Asimismo, en caso de corresponder deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota externa Nº57/07.- Fdo.: Abog. Marcos Marcelo Mazza- Jefe de División-División Secretaría N.º 2.
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EXPEDIENTE: 18032-106-2019
IMPUTADO: HERNAN MARTIN CANABAL y CINTHIA CRISTINA SCHRADER
ACTA LOTE Nº: 14001ALOT0000328Q
RESOLUCION DE PRLA Nº 133/2023
Silvina Isabel de Bisogno, Instructor, División Secretaría N° 2.
e. 13/01/2025 N° 1273/25 v. 13/01/2025
Fecha de publicación 13/01/2025