BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 8174/2025
09/01/2025
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: LISOL 1-1087, OPRAC 1-1270. Financiamiento al sector público no financiero. Títulos Públicos de la provincia de Buenos Aires
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:
“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. del texto ordenado sobre Financiamiento al Sector Público no Financiero, a que las entidades financieras puedan adquirir Títulos Públicos a ser emitidos por la provincia de Buenos Aires por hasta un valor nominal equivalente a $300.000.000.000 (pesos trescientos mil millones), según lo previsto en la Ley provincial 15.480 y de acuerdo con las condiciones establecidas en la nota NO-2024-141850508-APN-SH#MEC de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de fraccionamiento del riesgo crediticio previstas en el citado ordenamiento.
Las entidades financieras intervinientes no podrán aplicar los recursos en moneda extranjera obtenidos de sus pasivos por intermediación financiera a la suscripción de los citados títulos denominados en dólares estadounidenses, de conformidad con lo previsto en el texto ordenado sobre Política de Crédito.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Enrique C. Martin, Gerente de Emisión de Normas - Marina Ongaro, Subgerenta General de Regulación Financiera.
e. 13/01/2025 N° 1302/25 v. 13/01/2025
Fecha de publicación 13/01/2025