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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 2/2025

Resolución RESOL-2025-2-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1972

Expediente EX-2023-108345943-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 3 de ENERO de 2025

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la DIRECCIÓN DE ENERGÍA DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO (DEPSE), para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) de la obra de ampliación consistente en UNA (1) nueva Línea de Alta Tensión (LAT) de 132 kV doble terna conductor 300 mm2 entre la apertura de la LAT Fernández - Suncho Corral y la futura Estación Transformadora (ET) Robles (500/132/33 kV) de aproximadamente DOS COMA DOS KILÓMETROS (2,2 km), con su conexión a barras de 132 kV mediante la construcción de DOS (2) campos de salida de líneas de 132 kV en la futura ET Robles. 2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Disponer que en caso de registrarse oposición que sea común a varios usuarios fundada en los términos señalados, se convocará a una Audiencia Pública para recibir las mismas y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 sin que se registre la presentación de oposición alguna, se considerará otorgado el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) y el ENRE procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución en su página web e informar a las partes. 5.- Hacer saber al solicitante que deberá dar cumplimiento a las indicaciones y requerimientos técnicos efectuados por TRANSNOA S.A., CAMMESA, el Departamento Ambiental (DAM) y el Departamento de Seguridad Pública (DSP) del ENRE, conforme indica la documentación obrante en las presentes actuaciones, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). 6.- Una vez otorgado el CCyNP, TRANSNOA S.A. deberá iniciar ante el ENRE, en una nueva actuación para la constitución de la Servidumbre Administrativa de Electroducto (SAE) a su favor, conforme los términos de la Ley N° 19.552 y del artículo 83 de la Ley N° 24.065, siendo la responsable final de acreditar el cumplimiento de las obligaciones que se derivan de los artículos 4 y 6 de la Ley N° 19.552, en lo atinente a la inscripción de la SAE en la dirección de catastro o el registro de la propiedad inmueble que corresponda y a la notificación de los propietarios involucrados. 7.- Notifíquese a DEPSE, TRANSNOA S.A. y CAMMESA. 8.- Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Ing. Osvaldo Ernesto Rolando.-.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 07/01/2025 N° 441/25 v. 07/01/2025

Fecha de publicación 07/01/2025