Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 6257/2024

RESOL-2024-6257-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2024

VISTO los Decretos Nros. 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, las Resoluciones Nros. 36 del 22 de marzo de 2017 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, sus modificatorias y 23 de fecha 29 de agosto de 2024 de la SECRETARÍA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD, el Expediente Nº EX-2024-42648330- -APN-DCYC#MS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 23/24 de la SECRETARÍA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD se autorizó la convocatoria de la Licitación Pública N° 80-0009-LPU24 para la adquisición de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA (25.580) unidades de Gammaglobulina Anti RHD, por un monto estimado de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON SESENTA CENTAVOS ($ 4.395.079.371,60.-), solicitada por la DIRECCIÓN DE SALUD PERINATAL Y NIÑEZ, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió dicho llamado.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR y en el Boletín oficial, en los términos del artículo 40 del Decreto N° 1030/16.

Que en el marco de la referida Licitación Pública se emitieron las Circulares Aclaratorias Nros. 1 y 2 al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las cuales fueron difundidas y comunicadas conforme el procedimiento previsto en el artículo 50 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Que la GERENCIA DE PRECIOS TESTIGO de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN tomó intervención mediante la Orden de Trabajo N° 393/24, informando precios testigo para el renglón 1, en los términos y alcances establecidos por la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que conforme surge del Acta de Apertura de fecha 18 de septiembre de 2024, se recibió la única oferta correspondiente a la firma SOLS S.A. (CUIT 30-71338500-6), por un monto total de PESOS MIL QUINIENTOS TRES MILLONES QUNIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 1.503.592.400,00).

Que la DIRECCIÓN DE SALUD PERINATAL Y NIÑEZ elaboró el correspondiente informe técnico del cual surge que la oferta de la firma SOLS S.A., se ajusta técnicamente a las especificaciones técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que a fin de alinear el precio ofertado al precio estimado por la Unidad Requirente, la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS propulsó el mecanismo de mejora de precio con la firma SOLS S.A., no recibiendo respuesta de parte de esta.

Que, en consecuencia, la referida COMISIÓN, toda vez que el precio cotizado por la firma SOLS S.A. para el renglón 1, se encuentra alineado con el precio testigo informado por SIGEN, y función de los análisis administrativos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el Expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 6 de noviembre de 2024, recomendando la adjudicación de la oferta válida y conveniente correspondiente a la firma SOLS S.A. para el renglón 1 por la cantidad de VEINTICINCO MIL QUINIENTAS OCHENTA (25.580) unidades, por un monto total de PESOS MIL QUINIENTOS TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 1.503.592.400,00).

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que, por lo expuesto, corresponde aprobar el procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública N° 80-0009-LPU24 y proceder a la adjudicación de la presente, conforme lo señalado precedentmente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, han tomado la intervención de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9°, incisos d), e), y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/2016, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Procedimiento de selección llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 80-0009-LPU24 para la “adquisición de Gammaglobulina Anti RHD”, solicitada por la DIRECCIÓN DE SALUD PERINATAL Y NIÑEZ.

ARTÍCULO 2º.- Adjudícase la Licitación Pública N° 80-0009-LPU24 a favor de la firma SOLS S.A. (CUIT 30-71338500-6), para el renglón 1, por VEINTICINCO MIL QUINIENTAS OCHENTA (25.580) unidades, por un monto total de PESOS MIL QUINIENTOS TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 1.503.592.400,00).

ARTÍCULO 3º.- La suma total de PESOS MIL QUINIENTOS TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($ 1.503.592.400,00) a la que asciende la referida licitación, se imputará con cargo a las partidas presupuestarias de este MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo al siguiente detalle: PESOS CIEN CON 00/100 ($100,00) al Ejercicio 2024, Programa 17.0.0.43.0, IPP 2.5.2.0, FF 11, y PESOS MIL QUINIENTOS TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($1.503.592.300,00) al Ejercicio 2025, Programa 17.0.0.43.0, IPP 2.5.2.0, FF 11.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES y/o a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, a suscribir la pertinente Orden de Compra.

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de VEINTE (20) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de TREINTA (30) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, conforme lo dispuesto por los artículos 40, 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, reglamentado por Decreto 1759/72 (T.O. 2017) y su modificatorio Decreto N° 695/24.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mario Iván Lugones

e. 31/12/2024 N° 94611/24 v. 31/12/2024

Fecha de publicación 31/12/2024