BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 8145/2024
09/12/2024
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CAJAS DE CRÉDITO COOPERATIVAS (LEY 26.173),
A LOS OPERADORES DE CAMBIO,
A LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE PAGO QUE OFRECEN CUENTAS DE PAGO:
Ref.: Circular RUNOR 1-1865: Decreto 953/24. Actualización de textos ordenados.
Nos dirigimos a Uds. en función de lo dispuesto por el Decreto 953/24 –disolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y creación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)– para hacerles llegar en Anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, se deben incorporar en el texto ordenado “Presentación de Informaciones al Banco Central”:
- Sección 5. Exigencia e integración de capitales mínimos.
- Sección 13. Régimen informativo para supervisión.
- Sección 23. Operaciones de Cambio.
- Sección 31. Régimen Informativo Contable Semestral/ Anual para Casas y Agencias de Cambio.
- Sección 38. Antecedentes Personales de Autoridades de las Entidades Financieras.
- Sección 39. Cajas de Crédito.
- Sección 43. Seguimiento de pagos de importaciones.
- Sección 44. Base de Datos - Padrón.
- Sección 65. Grandes exposiciones al riesgo de crédito.
- Sección 68. Anticipo de Operaciones.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Mariana A. Díaz, Gerenta de Régimen Informativo - Rodrigo J. Danessa, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información.
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Opción “Marco Legal y Normativo”).
e. 30/12/2024 N° 93937/24 v. 30/12/2024
Fecha de publicación 30/12/2024