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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1217/2024

RESOL-2024-1217-APN-ENACOM#JGM FECHA 18/12/2024

EX-2021-88608145- -APN-DNSA#ENACOM

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Declarar extinguida la licencia adjudicada mediante el dictado de la RESOL-2021-1086-APNENACOM#JGM al señor Marcelo Claudio ALGAÑARAZ, correspondiente al servicio de comunicación audiovisual de frecuencia modulada de muy baja potencia, en la frecuencia de 89.1 MHz., canal 206, con categoría “G”, identificada con la señal distintiva LRV301, en la localidad de TORNQUIST, provincia de BUENOS AIRES, por las razones expuestas en los considerandos. 2.- Aprobar los actos de Concurso Público Simplificado convocado para la provincia de BUENOS AIRES, a través de la Resolución RESOL-2021-689-APN-ENACOM#JGM, conforme el cronograma establecido en el IF-2021-40084632-APN-DNSA#ENACOM. 3.- Adjudicar al señor Marcelo Claudio ALGAÑARAZ 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia para operar en el canal 258, frecuencia 99.5 MHz., categoría E, en la localidad de TORNQUIST, provincia de BUENOS AIRES. 4.- El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario, por los plazos y en las condiciones previstas por el Artículo 40 de la Ley Nº 26.522, en la redacción que acuerda el Decreto Nº 267/15. 5.- Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, el adjudicatario deberá cumplimentar con los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación técnica de las instalaciones y autorización para el inicio de las transmisiones regulares. Los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las transmisiones regulares, para lo cual resulta de aplicación el Instructivo identificado como IF-2022-42391318-APN-DNSA#ENACOM, que forma parte integrante de la RESOL-2022-1012-APN- ENACOM#JGM. La señal distintiva será asignada al momento de la habilitación definitiva del servicio. Los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las transmisiones regulares, se cumplimentarán a través de la presentación de la documentación técnica definitiva y, aprobada la misma. La inspección técnica de las instalaciones podrá acreditarse a través de la presentación de un Certificado Simplificado de Inspección Técnica. 6.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, el licenciatario, deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 7.- Dentro del plazo de 90 días corridos de notificada la presente, el licenciatario, deberá regularizar su situación ante la AFIP y ampliar sus actividades registradas de manera de contemplar la prestación de servicios de comunicación audiovisual. 8.- El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante ANAC. 9.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 10.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.

e. 30/12/2024 N° 93891/24 v. 30/12/2024

Fecha de publicación 30/12/2024