SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
Resolución 480/2024
RESOL-2024-480-APN-SIGEN
Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-43167409-APN-SIGEN, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, los Decretos N° 1.421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio N° 695 del 5 de agosto de 2024, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN homologado por Decreto Nº 1.714 del 19 de noviembre de 2010, el Decreto N° 37 del 24 de enero de 2022, la Resolución SIGEN N° 12 del 26 de enero de 2011 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto, tramita la aprobación de la contratación del Cr. Alberto Guillermo MAQUIEIRA, en los términos del artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, aprobada por el Decreto Nº 1.421/2002 y su modificatorio, en el ámbito de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
Que el mencionado artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164, establece que el régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado comprenderá exclusivamente la prestación de servicios de carácter transitorio o estacionales, no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera, y que no pueden ser cubiertos por personal de planta permanente.
Que la Resolución SIGEN N° 12/2011 establece el régimen al que debe ajustarse la contratación del personal por tiempo determinado de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, homologado por el Decreto N° 1.714/2010, establece los requisitos mínimos de acceso a cada Nivel escalafonario, a los que se equipara al personal contratado.
Que mediante el Decreto N° 37/2022 se homologó el Acta Acuerdo del 8 de noviembre de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, en la que se ha establecido otorgar al personal con título universitario de carrera de duración no inferior a CUATRO (4) años, reconocidas oficialmente, para abocarse a labores profesionales propias de su incumbencia bajo la modalidad contractual prevista por el artículo 9º de la Ley 25.164, una Compensación Transitoria por Mayor Dedicación Personal Contratado, la que consistirá en una suma equivalente al QUINCE POR CIENTO (15%) de la Asignación Básica del Nivel al que se encontrará asimilado.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN establece los parámetros de equiparación escalafonaria para el personal contratado.
Que razones de índole operativa tornan necesario incorporar personal calificado para atender distintas tareas indispensables para el debido cumplimiento de los objetivos asignados a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, en su carácter de órgano rector del Sistema de Control Interno.
Que no existe disponibilidad de personal de planta permanente para cubrir el puesto para el que se contrata al Cr. MAQUIEIRA, quien cumple con los requisitos mínimos establecidos en el Escalafón vigente para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, para el Nivel B, Grado 1, con la Compensación Transitoria por Mayor Dedicación para el Personal Contratado en los términos establecidos en el Decreto N° 37/2022, equivalente al QUINCE POR CIENTO (15%) de la Asignación Básica del Nivel B, y asimismo goza de un beneficio previsional, cuya suspensión ha solicitado.
Que el Anexo al Decreto N° 1.421/2002, reglamentario de la Ley Nº 25.164, establece en su artículo 5º que “El titular del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO (…) podrá autorizar la incorporación de las personas comprendidas en el alcance del inciso f) que se reglamente en las condiciones allí establecidas, a propuesta circunstanciada y fundada del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado. En igual sentido podrá hacerlo para el caso de contrataciones de personal en las que se autoricen excepciones al inciso f) del artículo 5° del Anexo a la Ley N° 25.164. En estos casos, la autorización deberá constar en el acto administrativo que aprueba la contratación.”
Que en tal sentido el MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO autorizó la contratación.
Que la Gerencia de Coordinación Administrativa certifica la existencia de las partidas presupuestarias para hacer frente a la erogación.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 112, incisos b) y d), de la Ley Nº 24.156.
Por ello,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dase por aprobada la contratación del Cr. Alberto Guillermo MAQUIEIRA (D.N.I. N° 4.513.964), por el período comprendido entre el 1° de agosto de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, en el marco de lo dispuesto por el artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su Decreto Reglamentario Nº 1.421/2002, equiparándose a la categoría correspondiente al Nivel B, Grado 1, con la Compensación Transitoria por Mayor Dedicación para el Personal Contratado en los términos establecidos en el Decreto N° 37/2022, equivalente al QUINCE POR CIENTO (15%) de la Asignación Básica del Nivel B, establecida en el Escalafón vigente para el personal de este Organismo, previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, homologado por el Decreto Nº 1.714/2010.
ARTÍCULO 2º.- La contratación que se aprueba en el artículo 1º de la presente, se efectúa con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 5º, inciso f), Capítulo II, del Anexo de la Ley Nº 25.164, con autorización del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, mediante Dictamen IF-2024-133696730-APN-MDYTE.
ARTÍCULO 3º.- Las funciones a encomendar al Cr. MAQUIEIRA serán ajenas al ámbito privado en el que el agente se desempeña o se ha desempeñado durante los últimos TRES (3) años.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con cargo a las partidas específicas del Presupuesto General de Gastos de la Jurisdicción 20 – PRESIDENCIA DE LA NACIÓN - Entidad 109 – SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Miguel Carlos Blanco
e. 20/12/2024 N° 92192/24 v. 20/12/2024
Fecha de publicación 20/12/2024