INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 122/2024
RESOL-2024-122-APN-INCAA#SC
Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2024
VISTO el EX-2024-87006226-APN-SGS#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, Nº 24.156 y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024, N° 662 de fecha 23 de julio de 2024 y N° 984 de fecha 4 de noviembre de 2024 y la Resolución INCAA N° 545-E de fecha 22 de agosto de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el Territorio de la República, y en el exterior, en cuanto se refiere a la cinematografía nacional, de acuerdo con las disposiciones que la propia ley establece.
Que el artículo 3º de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece los deberes y atribuciones del Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
Que entre las facultades de la máxima autoridad del Organismo se encuentra la de establecer medidas para la promoción de la actividad audiovisual.
Que es requisito indispensable para llevar a cabo las medidas de promoción establecidas en la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y modificatorias y el Decreto Nº 1536/2022, tener en cuenta lo establecido en el artículo 33 de la Ley Nº 24.156 que establece: “No se podrán adquirir compromisos para los cuales no quedan saldos disponibles de créditos presupuestarios, ni disponer de los créditos para una finalidad distinta a la prevista.”.
Que conforme los Decretos Nº 662/2024 y N° 989/2024 y con el objeto de optimizar los procesos administrativos y racionalizar los recursos del Organismo para un mejor ordenamiento y cumplimiento de los fines del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, resulta necesario el dictado del presente acto administrativo estableciendo un sistema de puntaje a los efectos de la clasificación de películas terminadas.
Que la adopción de un sistema de puntajes para la evaluación de películas terminadas es esencial para asegurar la transparencia y la objetividad en el proceso de selección.
Que mediante Resolución INCAA N° 545-E/2024, se aprobó el procedimiento de asistencia para la obtención de créditos; el procedimiento de otorgamiento de Microcréditos para la Producción Audiovisual y el procedimiento y requisitos para acceder a los subsidios de otras formas de exhibición.
Que por Resolución INCAA N° 545-E/2024, el Comité de Clasificación de Películas Terminadas tiene a su cargo la evaluación de las películas terminadas para acceder a los subsidios.
Que, asimismo, con el objeto que el productor y el director que se presente tanto en el proyecto cinematográfico como en la película terminada en la Copia A coincidan, resulta necesario que dicho comité tenga a su cargo la evaluación de proyectos en los cuales se efectúe la modificación en el rubro director y/o productor.
Que, a los efectos de un funcionamiento más dinámico y ágil del comité, con el fin de lograr la convocatoria de miembros para sesionar, es indispensable establecer como quórum mínimo para sesionar y tomar decisiones la presencia de tres integrantes.
Que en virtud de lo expuesto correspond dictar el presente acto administrativo.
Que la GERENCIA GENERAL, la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención de competencia.
Que las atribuciones y competencias para la emisión de este acto se encuentran previstas en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias, y en los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el SISTEMA DE PUNTAJE que como ANEXO I identificado como IF-2024-137001944-APN-GPP#INCAA, forma parte integrante de la presente resolución, la cual será obligatoria a los efectos de la clasificación de películas terminadas.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que los Comités de Clasificación y de Apelación de Películas Terminadas sesionarán con un quorum de TRES (3) integrantes, debiendo resolverse las votaciones por mayoría simple de los presentes.
ARTICULO 3°.- Determinar que el Comité de Clasificación de Películas Terminadas y el Comité de Apelación de Películas Terminadas, se expedirá sobre las modificaciones en los rubros director y/o productor, debiendo labrar las actas generales e individuales correspondientes.
ARTÍCULO 4°.- Publíquese en la página web del INCAA http://www.incaa.gob.ar.
ARTÍCULO 5º.- Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Carlos Luis Pirovano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/12/2024 N° 92212/24 v. 20/12/2024
Fecha de publicación 20/12/2024