AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
Disposición 201/2024
DI-2024-201-E-AFIP-ARCA
Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2024
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-04242484- -AFIP-SEASDVGEPE#SDGRHH y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el VISTO, el abogado Gonzalo Guillermo PRADO solicita el relevo de las funciones que le fueran asignadas oportunamente en el cargo de Administrador de Aduana de la Aduana Villa Constitución, en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Hidrovía.
Que asimismo, la Dirección Regional Aduanera Patagónica propone designar en el cargo de Administrador Interino de la Aduana Puerto Deseado de su jurisdicción, al ingeniero Gustavo Andrés INSUA, quien se viene desempeñando en el cargo de Jefatura Interina de la Sección Inspección Simultánea de la Aduana Salta, en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que por lo expuesto, el ingeniero INSUA ha prestado su expresa conformidad para cumplir funciones de menor jerarquía de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del C.C.T. N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10).
Que la presente medida cuenta con la conformidad de las Direcciones Regionales Aduaneras Hidrovía y Noroeste, de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección General de Aduanas.
Que la Subdirección General de Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades conferidas por los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, por los Decretos Nros. 1.399 del 4 de noviembre de 2001 y 953 del 24 de octubre de 2024 y la Disposición N° DI-2024-86-E-AFIP-AFIP del 11 de julio de 2024.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA A CARGO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizadas y asignadas las funciones del personal que a continuación se detalla, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:
NOMBRES Y APELLIDO | CUIL | FUNCIÓN ACTUAL | FUNCIÓN ASIGNADA |
Ing. Gustavo Andrés INSUA | 23130971709 | Jefe/a de sección fiscalización y operativa aduanera - SEC. INSPECCIÓN SIMULTANEA (AD SALT) | Administrador de Aduana Int. - ADUANA PUERTO DESEADO (DI RAPT) |
Abog. Gonzalo Guillermo PRADO (*) | 20228312399 | Administrador/a de aduana - ADUANA VILLA CONSTITUCIÓN (DI RAHI) | Consejero General de 1ra. - DIR. REGIONAL ADUANERA HIDROVÍA (SDG OAI) |
(*) a su pedido.
ARTÍCULO 2º.- Hacer saber al personal que con el dictado de la presente disposición queda agotada la vía administrativa en los términos del artículo 23, inciso c), apartado (iii), de la Ley N° 19.549, y que contra ésta podrán interponer, a su opción, recurso de reconsideración o de alzada en los términos de los artículos 94 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos - Decreto N° 1.759/72 (t.o. 2017), dentro del plazo de VEINTE (20) o TREINTA (30) días hábiles administrativos, respectivamente, ambos plazos computados a partir del primer día hábil siguiente al de su notificación, o bien, la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales según lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.549.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Andres Edgardo Vazquez
e. 11/12/2024 N° 89477/24 v. 11/12/2024
Fecha de publicación 11/12/2024