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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 939/2024

Resolución RESOL-2024-939-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1965

Expediente EX-2024-96915054-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 15 de NOVIEMBRE de 2024

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.), a requerimiento de la SOCIEDAD COOPERATIVA POPULAR LIMITADA DE COMODORO RIVADAVIA (SCPL), para la conexión de una nueva demanda de 20 MW en la Estación Transformadora (ET) Valle Hermoso, jurisdicción de TRANSACUE SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSACUE S.A.), transportista independiente con licencia técnica de TRANSPA S.A. 2.- La publicación ordenada en el artículo 1 se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos; otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados a partir del día siguiente al de la última publicación efectuada, para que, quien lo considere procedente, presente, por escrito, ante el ENRE un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o plantee observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de que registrarse oposición fundada, común a otros usuarios o la presentación de proyecto alternativo al del solicitante, se convocará a Audiencia Pública para recibir las mismas y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos indicados precedentemente sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo superador, se considerará otorgado el acceso publicitado y el ENRE procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Accesos a la Capacidad de Transporte Existente de su página web e informar a las partes. 5.- Disponer que, una vez otorgado el acceso referido, se considerará aprobada la Ampliación Menor consistente en el reemplazo los transformadores de corriente en ambos extremos de la Línea de Alta Tensión (LAT) PM-DG 132 kV por 800/1-1-1 A, reemplazo de los equipos de medición en tableros como para el sistema de operación en tiempo real (SOTR) por multimedidores y transductores multivariables, reemplazo de las trampas de onda, de las fases R y T del Campo 05 de ET DG (salida a ET PM) por otras de corriente nominal 740 A de los corredores TW-DG y PM-DG, reemplazo de SEIS (6) pasamuros de 132 kV instalados en los campos 01 y 05, implementación de teleseñales por evento, y equipos, tableros, equipos de comunicación y control correspondientes para su buen funcionamiento, instalación de un módulo de capacitores shunt de 30 MVAr en barra de 132 kV de ET Valle Hermoso, disponer los relés necesarios para integrar la demanda al sistema de DAC FU, al Alivio de Carga conforme al Anexo 35 de los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios aprobados por Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA (Ex SEE) N° 61 de fecha 29 de abril de 1992, y al esquema de DAG y observaciones, consideraciones, supuestos y requerimientos establecidos en el documento E-VH-4-G-GG-IT-001 adjunto a la Nota TRANSPA GG N° 5325/24. 6.- El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por TRANSPA S.A. y CAMMESA. 7.- Notifíquese a TRANSPA S.A., SCPL, PAN AMERICAN ENERGY (PAE), TRANSACUE S.A. y CAMMESA. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 20/11/2024 N° 82513/24 v. 20/11/2024

Fecha de publicación 20/11/2024