MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 340/2024
RESOL-2024-340-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2018-24452910-APN-DGDO#MEM y los Expedientes Nros. EX-2018-28626167-APN-DGDO#MEM, EX-2021-33212951-APN-SE#MEC y EX-2024-82956303-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa PARQUE EÓLICO DEL NUEVO SUR S.A. solicita su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador para su Parque Eólico Del Nuevo Sur con una potencia de NOVENTA Y DOS COMA CUATRO MEGAVATIOS (92,4 MW), ubicado en el Departamento Pichi Mahuida, Provincia de RÍO NEGRO, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) en la Línea de Alta Tensión Río Colorado - Céspedes, jurisdicción de la EMPRESA DE ENERGÍA RÍO NEGRO S.A. (EDERSA).
Que mediante la Nota N° B-128084-1 de fecha 12 de junio de 2018 (IF-2018-28675724-APN-DGDO#MEM) vinculada en el Expediente N° EX-2018-28626167-APN-DGDO#MEM, en tramitación conjunta, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO S.A. (CAMMESA) informó que la empresa solicitante cumple para su Parque Eólico Del Nuevo Sur los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.
Que mediante la Resolución Nº 217 de fecha 20 de febrero de 2018 (IF-2018-24493068-APN-DGDO#MEM), la SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la Provincia de RÍO NEGRO, resolvió aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del Parque Eólico Del Nuevo Sur.
Que la empresa PARQUE EÓLICO DEL NUEVO SUR S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que la solicitud de ingreso al MEM del Parque Eólico Del Nuevo Sur se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.525 de fecha 15 de octubre de 2024 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa PARQUE EÓLICO DEL NUEVO SUR S.A. para su Parque Eólico Del Nuevo Sur con una potencia de NOVENTA Y DOS COMA CUATRO MEGAVATIOS (92,4 MW), ubicado en el Departamento Pichi Mahuida, Provincia de RÍO NEGRO, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) en la Línea de Alta Tensión Río Colorado - Céspedes, jurisdicción de la EMPRESA DE ENERGÍA RÍO NEGRO S.A. (EDERSA).
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa PARQUE EÓLICO DEL NUEVO SUR S.A., titular del Parque Eólico Del Nuevo Sur en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa PARQUE EÓLICO DEL NUEVO SUR S.A., a CAMMESA, a la EMPRESA DE ENERGÍA RÍO NEGRO S.A. (EDERSA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Carmen Tettamanti
e. 20/11/2024 N° 82491/24 v. 20/11/2024
Fecha de publicación 20/11/2024