ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS S.E. GERENCIA GENERAL
Disposición 62/2024
DI-2024-62-APN-GG#AGP
Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-59679357-APN-MEG#AGP, iniciado en la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO ha históricamente contado con una potestad tarifaria propia incuestionada e inherente a sus funciones, la que actualmente se halla prevista en el artículo 12 de la Ley Nº 24.093 de Actividades Portuarias y la habilita a fijar su propio tarifario.
Que el artículo 5 del Estatuto Social de AGPSE, aprobado mediante Decreto N° 1456/87, dispone que su objeto social consistente en la dirección, administración y explotación de los puertos comerciales de la República cuya gestión le haya sido confiada por el Poder Ejecutivo Nacional y de las actividades anexas, accesorias y complementarias de estos fines, con ajuste a los principios y lineamientos fijados por la Política Portuaria Nacional.
Que esta Sociedad del Estado tiene a su cargo funciones de administración, modernización, explotación y fiscalización de la jurisdicción portuaria a su cargo, siendo por tal motivo la responsable de contar con los recursos suficientes para tales fines, remarcándose que el principio de autosuficiencia es uno de los pilares de la regulación arriba mencionada, por lo que, para llevar adelante inversiones de infraestructura, tareas de mantenimiento, preservación de las fuentes de trabajo, ampliación, expansión y mejora tecnológica en la jurisdicción portuaria, requiere solventar las mismas mediante los recursos genuinos provenientes de la administración y explotación de la jurisdicción portuaria y sus actores involucrados, todo ello en los términos de la Ley N° 24.093.
Que, en ese contexto, mediante la Resolución Nº RESOL-2022-192-APN-AGP#MTR de fecha 5 de diciembre 2022 se aprobó el Régimen Tarifario de esta Administración General de Puertos Sociedad del Estado y las bonificaciones permanentes, habiéndose a su vez derogado diferentes normativas, con la finalidad de actualizar los valores tarifarios según las variables de la economía y la efectiva prestación de los servicios, simplificando las reglas vigentes en materia de aplicación de tarifas en un único cuerpo normativo.
Que, mediante la Resolución Nº RESOL-2023-64-APN-AGP#MTR, se delegó a la GERENCIA GENERAL la potestad de modificar las tarifas del PUERTO BUENOS AIRES y las bonificaciones permanentes, así como a adoptar todas las medidas que se estimen necesarias para su implementación, entre las que se encuentran el dictado de normas de aplicación, interpretación, aclaración e instrumentación de lo decidido, pudiendo para ello hacer uso de todas las facultades que al respecto se encuentren a cargo de la Intervención de esta Sociedad del Estado.
Que, a continuación, esta Administración General de Puertos Sociedad del Estado solicitó a la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires - en el marco del Programa de Asesoramiento, Verificación y Control en Administración (PAVCA) – un estudio destinado a evaluar la factibilidad de la adecuación del entonces vigente Régimen Tarifario de la AGP S.E., y de cuyo estudio se arribó mediante dos mecanismos de actualización a la adopción de los resultados, conformando de esta manera la Disposición N° DI-2023-109-APN-GG#AGP de fecha 31 de mayo 2023.
Que, mediante la Disposición DI-2023-110-APN-GG#AGP, esta Sociedad del Estado, en pos de fomentar la actividad de Turismo Internacional, la cual impulsa el desarrollo económico de la economía local y nacional, entendió pertinente diferir la entrada en vigencia y aplicación de la Disposición N° DI-2023-109-APN-GG#AGP, respecto de los conceptos “Tarifas Generales – Por Uso de Puerto a los Buques/Artefactos Navales (Ultramar)”, para aquellos Buques Cruceros de Turismo Internacional que arriben a cualquiera de las instalaciones en jurisdicción del Puerto Buenos Aires, manteniendo el valor de la tarifa de TREINTA CENTAVOS DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES (USD 0,30) por Tonelada de Registro Neto o fracción, por cada ingreso a Puerto.
Que, frente a la actual coyuntura económica que se encuentra atravesando esta Administración General de Puertos S.E., caracterizada por el decremento de la actividad portuaria y las variaciones dispares del tipo de cambio frente a las de los precios de bienes y servicios que inciden significativamente de forma negativa en los ingresos de esta Sociedad del Estado, se entiende pertinente abrogar la Disposición N° DI-2023-110-APN-GG#AGP, considerando oportuno la aplicación del concepto “Tarifas Generales – Por Uso de Puerto a los Buques/Artefactos Navales (Ultramar)”, para aquellos Buques Cruceros de Turismo Internacional que arriben a cualquiera de las instalaciones en jurisdicción del PUERTO BUENOS AIRES, al valor fijado en la Disposición N° DI-2023-195-APN-AGP#MTR, y que asciende a la suma de SESENTA CENTAVOS DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES (USD 0,60) por Tonelada de Registro Neto o fracción, por cada ingreso a Puerto.
Que tomaron la intervención de sus respectivas competencias, la Gerencia General, la Dirección de Administración y Finanzas, la Dirección de Asuntos Jurídicos, la Unidad Auditoría Interna y la Dirección de Planificación y Control de Gestión.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado de la presente, en uso de las funciones conferidas por las Resoluciones Nros. RESOL-2023-64-APN-AGP#MTR y RESOL-2024-5-APN-AGP#JGM.
Por ello,
LA GERENTA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Abrogase la Disposición N° DI-2023-110-APN-GG#AGP a partir de la publicación de la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 2°. - Por la SUBDIRECCIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la GERENCIA GENERAL, comuníquese a todas las Direcciones intervinientes y publíquese en la página web de esta Sociedad del Estado y por UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. Oportunamente, remítase a la guarda temporal.
Verónica Adriana Piñero
e. 19/11/2024 N° 82320/24 v. 19/11/2024
Fecha de publicación 19/11/2024