AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 550/2024
RESOL-2024-550-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2024
VISTO el Expediente Electrónico N° 33462633/24 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 8.2.4. “Uso de fuentes radiactivas no selladas en instalaciones de medicina nuclear”, Revisión 1, las Resoluciones del Directorio de la ARN N° 386/18 y N° 432/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en el VISTO dispone en su Artículo 9°, Inciso a) que toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que la Norma AR 8.2.4, Revisión 1, en el Criterio 27, Inciso b) establece el requisito de contar con personal profesional o técnico con permiso individual y preparación adecuada para la manipulación de material radiactivo, en número adecuado a la carga de trabajo de la instalación de medicina nuclear.
Que a través de la Resolución del Directorio de la ARN N° 386/18, se reconoció el temario de contenidos mínimos correspondientes a los cursos de actualización para Técnicos en Medicina Nuclear y se estableció que este temario constituye la formación teórica suficiente en protección radiológica para tramitar la renovación de los permisos individuales para el propósito: Técnicos en Medicina Nuclear.
Que, a su vez, la Resolución del Directorio de la ARN N° 432/18, de fecha 24 de octubre de 2018, estableció en su ARTÍCULO 1°, que “las personas que cumplan con las condiciones para ser consideradas ‘Técnicos Idóneos’ en Medicina Nuclear, deberán aprobar un curso que contenga el temario de contenidos aprobados a través de la Resolución del Directorio de la ARN N° 386/18, a fin de obtener o renovar el Permiso Individual para el propósito ‘Técnico Idóneo en Medicina Nuclear’ para el tipo de práctica de medicina nuclear en el que acredite su experiencia”.
Que la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA inició ante la ARN el trámite de reconocimiento del “Curso de Actualización en Protección Radiológica para Técnicos en Medicina Nuclear”, para la renovación de los Permisos Individuales para los propósitos Técnico en Medicina Nuclear y Técnico Idóneo en Medicina Nuclear.
Que la SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES MÉDICAS considera que el programa del curso se ajusta a lo establecido en la Resolución N° 386/18 tanto en contenido como en carga horaria y considera que la formación profesional de los docentes es adecuada para su dictado.
Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISOTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR) tomó la intervención que le compete.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA y SALVAGUARDIAS recomienda la prosecución favorable del trámite de reconocimiento, dado que el “Curso de Actualización en Protección Radiológica para Técnicos en Medicina Nuclear” de la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA (UNLP), cumple con los requerimientos solicitados por esta ARN y permitirá acreditar la formación teórica suficiente demandada para la renovación de los Permisos Individuales para los propósitos “Técnico en Medicina Nuclear” y “Técnico Idóneo en Medicina Nuclear”.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS tomó en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso a), de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 16 de octubre de 2024 (Acta N° 37),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°. - Reconocer el “Curso de Actualización en Protección Radiológica para Técnicos en Medicina Nuclear” de la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA como formación teórica suficiente para la renovación de Permisos Individuales para Técnicos en Medicina Nuclear y Técnicos Idóneos en Medicina Nuclear, cuyo programa con los contenidos de protección radiológica, carga horaria y modalidad de cursada, se incluyen en el Anexo I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°. - Establecer que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS evaluará regularmente el cumplimiento del programa del Curso, la carga horaria, el plantel docente y la modalidad de cursada.
ARTÍCULO 3°. - Establecer que la vigencia del reconocimiento del “Curso de Actualización en Protección Radiológica para Técnicos en Medicina Nuclear” estará supeditada al cumplimiento por parte de la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS de la UNLP de los requisitos que se detallan en el Anexo II del presente Acto.
ARTÍCULO 4°. - Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA a través de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y al CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.
Leonardo Juan Sobehart
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/11/2024 N° 82134/24 v. 19/11/2024
Fecha de publicación 19/11/2024