ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
EDICTO DE NOTIFICACIÓN (art. 42 del DEC. 1759/72)
Notifíquese a la empresa CREAR TELEVISIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-71445915-1) que en el expediente EX-2020-46313819-APN-SDYME#ENACOM se ha dictado la resolución RESOL-2024-719-APNENACOM#JGM, de fecha 09/09/2024, que en su parte resolutiva dice:
“ARTÍCULO 1º.- Aplícase a la firma CREAR TELEVISIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, inscripta en el Registro Público de Señales y Productoras, las sanciones que se detallan en el Anexo que diera origen al IF-2024-50825662-APN-AS#ENACOM y que forma parte de la presente resolución, por haber omitido hacer mención expresa, a través de la señal “A24”, en los días, horarios y programas detallados en el citado Anexo, a la línea telefónica gratuita “144”, en infracción al Artículo 2º de la Ley Nº 27.039. ARTÍCULO 2º.- Dejase sin efecto los cargos imputados a la firma AMÉRICA TV SOCIEDAD ANÓNIMA que se detallan en el Anexo que diera origen al IF-2024-50825662-APN-AS#ENACOM y que forma parte de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 3°.- La sancionada deberá hacer efectivo el pago del monto de las multas aplicadas en el Artículo 1°, dentro de los DIEZ (10) días hábiles a contar desde la notificación de la presente. ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a las firmas CREAR TELEVISIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y AMÉRICA TV SOCIEDAD ANÓNIMA, comuníquese a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN a los fines previstos en el Artículo 103 del Anexo I del Decreto Nº 1.225/10, y cumplido archívese.” Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 12/11/2024 N° 80532/24 v. 14/11/2024
Fecha de publicación 12/11/2024