TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN
Resolución 50/2024
RESOL-2024-50-APN-TTN#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-55637060- -APN-DA#TTN, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y sus modificatorias, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley Orgánica del Tribunal de Tasaciones de la Nación Nº 21.626 (T.O. 2001); el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución N° E-204 del 27 de abril de 2017 del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente que figura en el VISTO tramita el “REGLAMENTO INTERNO DE CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO” (IF-2024-88994588-APN-DA#TTN).
Que, la Ley Marco de Regulación del Empleo Público N° 25.164 y su Decreto Reglamentario N° 1421/02, establecen dentro de los deberes del trabajador, el de prestar servicio personalmente, encuadrando su cumplimiento en principios de eficiencia, eficacia y rendimiento laboral, en las condiciones y modalidades que se determinen.
Que, la dedicación por parte del agente es de carácter personal en relación al horario y al lugar donde realiza la prestación del servicio, respetando y haciendo cumplir, dentro del marco de competencia de su función, el sistema jurídico vigente.
Que, por el artículo 102 del Decreto N° 2098/08 se establece, específicamente, la jornada de trabajo de acuerdo al nivel escalafonario que reviste cada agente.
Que a fin de homogenizar los criterios de asistencia y presentismo para todo el personal que se desempeñe dentro del ámbito de la Administración Pública Nacional se dictó la Resolución N° E-204/17 del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que por el artículo 1° de la mencionada Resolución se aprueba el “REGLAMENTO GENERAL DE CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO”.
Que, asimismo, el artículo 15 del citado Reglamento determinó que los organismos y jurisdicciones podrán establecer mediante reglamento interno la forma y modalidad del cumplimiento de la jornada de trabajo.
Que, en este sentido, resulta necesario dictar el Reglamento Interno de Control de Asistencia y Presentismo el cual será de aplicación obligatoria para todos los trabajadores designados bajo el régimen de estabilidad previsto en el artículo 8° del Anexo de la Ley N° 25.164, Planta Transitoria y personal comprendido en el régimen de contrataciones de conformidad con el artículo 9° del Anexo de la citada Ley, que presten funciones en las dependencias del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN.
Que mediante Acta de Sesión Especial Nº 10 del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, de fecha 27 de mayo de 2024, se aprobó el REGLAMENTO INTERNO DE CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO (IF-2024-55513378-APN-TTN#MEC).
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia (IF-2024-91106360-APN-ONEP#MDYTE).
Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, en su INFORME DE INTERVENCIÓN PREVIA, concluyó que el “REGLAMENTO INTERNO DE CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO” reúne las pautas de control interno contempladas en la Resolución Nº 162/2014, (IF-2024-94964675-APN-UAI#TTN).
Que la COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN tomó la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el inciso c) del artículo 3º y el c) del artículo 4° de la Ley Orgánica del Tribunal de Tasaciones de la Nación N° 21.626 (T.O. 2001) y del artículo 3º y 4º del Anexo del Decreto Nº 536 de fecha 25 de agosto de 2022.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Reglamento Interno de Control de Asistencia y Presentismo”, el que será de aplicación obligatoria para todos los trabajadores designados bajo el régimen de estabilidad previsto en el artículo 8° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, como así también trabajadores bajo el régimen de designaciones transitorias en cargos de planta permanente, trabajadores contratados bajo la modalidad prevista en el artículo 9° de la citada norma, en virtud de lo previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, que presten funciones en las dependencias del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, que como Anexo IF-2024-88994588-APN-DA#TTN forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Encomiéndase a los Directores la gestión integral del registro de asistencia y presentismo, y del cumplimiento del horario de trabajo en sus respectivas áreas, debiendo remitir en los plazos fijados, dicha información a LA COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase la PLANILLA ÚNICA RELOJ y la PLANILLA DE COMISIONES DE SERVICIO, la que como Anexo N° IF-2024-88994588-APN-DA#TTN forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Julio Roberto Villamonte
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/11/2024 N° 78010/24 v. 01/11/2024
Fecha de publicación 01/11/2024